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vecinos y ayuntamiento buscan fórmulas de consenso

València permitirá alquilar la vivienda propia 60 días sin tener que registrarla como piso turístico

14/02/2018 - 

VALÈNCIA. La duda es un mes o dos. El Ayuntamiento de València dejaba abierta la posibilidad de hasta tres meses, pero aceptaría dos. Los vecinos exigen en sus enmiendas a la Ley de Turismo un máximo de un mes, pero algunos de sus asesores no verían mal dos. Ese sería el tiempo que un vecino de València podrá alquilar su apartamento a turistas a lo largo de un año. Con un añadido: el inmueble no sería considerado apartamento turístico y no tendría que estar sometido a los controles que regirán en los inmuebles profesionales, ni precisará pues de declaración de responsabilidad.

El viernes 23 de febrero la concejal de Turismo y teniente de alcalde Sandra Gómez se reúne con representantes de la Federación de Vecinos de València, con su presidenta María José Broseta a la cabeza, para tratar las enmiendas a la ley de Turismo que esta asociación ha planteado y que están dando a conocer entre las formaciones políticas de la Comunitat. La mayoría están relacionadas con los apartamentos turísticos, una cuestión cada días más acuciante y que se ha convertido en uno de los tags de referencia de la política turística de las grandes ciudades. 

Desde la Federación consideran que la disciplina urbanística de las entidades locales es una forma muy adecuada de regular esta problemática, de ahí que le presten especial atención a este encuentro. Y algunas de sus propuestas parece que van a tener fácil consenso, como es precisamente en el tope de tiempo que se puede rentar la vivienda propia, tope que se usará para diferenciar entre el alquiler esporádico y el apartamento turístico profesional.

Aunque desde el Ayuntamiento de València se estaba barajando la posibilidad de establecer un máximo de 90 días, tal y como ocurre en ciudades como Londres o se está planteando ahora en Madrid, desde la Federación de Vecinos se apuesta por sólo 30 días. En concreto, en las enmiendas presentadas por la Federación se señala específicamente que sólo se permitiría el alquiler turístico en una vivienda que sea a su vez su residencia permanente “por un plazo máximo de 30 días en un período de un año en caso de alquiler de vivienda completa”. Por el contrario, los vecinos sí que están dispuestos a aceptar que no haya límite temporal en el caso del alquiler de una única habitación “siempre y cuando tenga en esa vivienda su residencia permanente su titular”. En ambos casos desde la Federación aceptan que esa vivienda no precise estar incluida dentro del listado de apartamentos turísticos.

La idea de establecer dos categorías dentro del alquiler de vivienda turística, uno 'permanente o profesional' y otro 'esporádico o no profesional', tiene como fin no perjudicar a aquellas personas que decidan obtener unos ingresos extras de sus propios domicilios. El primer tipo de viviendas deberá sujetarse a todas las disposiciones legales específicas, en tanto que recibirán consideración de actividad económica con una importante rentabilidad y efectos sociales en el día a día de los barrios. El segundo no deberá estar sujeto a esas disposiciones legales específicas, sí al resto de normativa general, en tanto que su rentabilidad y efectos entran dentro de lo que se llama “economía colaborativa”. Ya sean 30 ó 60 días, en cualquier caso habrá que modificar el PGOU de València, que es el que alude al uso terciario de las viviendas.

La propuesta en principio agrada en el consistorio donde no descartan aproximar posturas con la Federación de Vecinos, ahora que la fiebre de los apartamentos turísticos parece remitir. El límite temporal es de hecho el baremo de diferenciación que también emplean otras ciudades europeas de referencia, como Ámsterdam (60 días), París (120) o comunidades autónomas como Baleares, donde la reciente modificación de la ley de turismo introduce un tope de 60 días. Otras ciudades como Reykjavik realizan la distinción usando como vara de medir los ingresos económicos (en el caso de la capital islandesa 8.000 dólares al año); si se gana más de esa cantidad, el apartamento o casa se convierte ya en alojamiento profesional.

Otras propuestas

Como ya se ha señalado, prácticamente todas las enmiendas de la Federación a la Ley versan sobre los apartamentos turísticos. A excepción de la petición de que se les incluya en el Consejo Valenciano de Turismo, las otras cinco afectan directa o indirectamente a esta cuestión. Así, una medida que desde la Federación consideran que podría tener gran calado es la de exigir a los apartamentos turísticos profesionales un informe de compatibilidad urbanística del ayuntamiento. Con ello se lograría una mejor coordinación entre la administración autonómica y la local, y se evitaría el absurdo que se produce ahora de que un apartamento turístico cuente con el visto bueno de la Generalitat pero no de su municipio.

Además, los vecinos exigen que se planteen sanciones a las plataformas que no colaboren y registren a apartamentos ilegales. Igualmente, a la manera de lo que sucede en Canarias, la Federación reclama que los vecinos y vecinas puedan decidir si permiten que en su edificio haya o no una vivienda de uso turístico profesional. El motivo es que se trata de una actividad con alto rendimiento económico y, en general, causa mayores molestias que una vivienda residencial, por la mayor rotación de personas que habitan esa vivienda, por el hecho de que sus ocupantes actúan con carácter vacacional o festivo independientemente de la estación del año, etc…

Finalmente, desde la Federación proponen el desarrollo de una regulación específica que contemple la zonificación de actividades y plazas de alojamiento. El objetivo es evitar la saturación que ya se está produciendo en ciudades como Barcelona, donde los apartamentos turísticos se acumulan en distritos, algo que va en detrimento de la calidad de vida de los vecinos. Con la zonificación se garantizará a todos los ciudadanos el acceso a la vivienda y se evitará la economía especulativa en torno al alquiler.

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