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Mirenchu del valle, Secretaria General de Unespa

"No esperamos a corto plazo un proceso de concentración en el mercado asegurador"

La secretaria general de Unespa confía en que el legislador nacional "piense más en lo que necesita el cliente que en el comisionamiento del corredor de seguros"

10/03/2016 - 

VALENCIA. Mirenchu del Valle es la secretaria general de la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa), un sector inmerso en la compleja adaptación a la normativa europea. Preguntada al respecto por Valencia Plaza, la dirigente desliza que confía en que el legislador nacional vele más por los clientes que por la doctrina comunitaria, al tiempo que pronostica que -al menos a corto plazo- la adecuación a la LOSSEAR no provocará la concentración que se vaticina para el sector.

-¿Cómo ha sido la transposición de la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras (LOSSEAR)?

-Ha sido un proceso bastante complicado. Viene de una normativa europea muy compleja. Teníamos una Directiva que, cuando ya se tenía que transponer, se hizo un estudio de impacto para ver qué efectos tenían esas nuevas normas de solvencia en los diferentes mercados y se pudo constatar por parte del legislador comunitario que tenía unos efectos devastadores en todo lo que es producto de ahorro a largo plazo; y ello en un momento en el que toda Europa está viviendo una situación en el que las pensiones públicas tienen que complementarse con pensiones privadas. En ese momento, cuando estábamos casi a punto de transponer la Directiva, hubo que promover otra nueva Directiva para modificar el régimen inicialmente previsto, porque los mercados europeos somos distintos y había que intentar que los requerimientos de solvencia no se llevasen por delante los productos de ahorro a largo plazo que complementan la jubilación de los ciudadanos europeos. Eso retrasó todo el calendario de aprobación del Reglamento comunitario, retrasó el calendario de las Directrices que tenía que emitirse desde la Unión Europea, y generó una presión tremenda en lo que es la transposición nacional y lo que es todavía peor: su concreta adaptación de las entidades aseguradoras.

Nuestra Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras (LOSSEAR), por su parte, ha sido una ley que se ha aprobado con un margen de seis meses. Tampoco parece un tiempo excesivo para hacer la transposición de un sistema tan complejo. A su vez, el Reglamento de la Ley nacional (ROSSEAR) llegó casi casi al final, lo que ha supuesto una nueva dificultad, y eso que estamos hablando de una normativa que el sector más o menos conocía. Ahora bien, también es cierto que el sector, para hacer cambios estructurales, requiere de una norma, necesita seguridad jurídica.

Yo diría que la valoración de todo este proceso es positiva, teniendo en cuenta el escenario que hemos tenido en frente. Al final, la enseñanza a aprender de todo este proceso es que, al final, en cuanto a las fechas, el hecho de que el nuevo sistema de solvencia tuviera que entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2016, tiene que hacerse respetando las necesidades que tienen las empresas de disponer de un plazo suficiente, pues estos requerimientos no se aplican de la noche a la mañana.

-¿La LOSSEAR es posible que propicie un movimiento de mayor concentración en el mercado?

-La verdad es que cada vez que hemos tenido una reforma de la legislación de supervisión, se ha do de que va a llevar aparejado un proceso de concentración, y lo cierto es que de momento ese proceso de concentración no se ha producido. Tenemos un número de empresas en el mercado español que de momento es comparable con el que existe en otros mercados europeos. No tenemos más aseguradoras en España que las que hay en Alemania o en el Reino Unido. De hecho ellos tienen más aseguradoras que nosotros, pero es cierto que estas nuevas normas incorporan una complejidad interna en la gestión del negocio, y a lo mejor no son los requerimientos de capital los que mueven a un proceso de concentración. Las entidades aseguradoras españolas son muy solventes. Las pequeñas tienen exceso de solvencia y están perfectamente preparadas para afrontar en términos de capital lo que les supone 'Solvencia 2'. Ahora bien, cuando todo lo que tienes que incorporar en la gestión del negocio tiene una complejidad tan extrema, muchos piensan que esta complejidad puede llevar en un momento determinado a una mayor concentración. Pero es, como siempre, una cuestión que tendremos que ver en la práctica. Los sucesivos cambios normativos han suscitado este debate, pero no creo que se derive necesariamente un proceso de concentración, por lo menos a corto plazo.

-Estando todavía reciente la  nueva Directiva de mediación ¿piensa que va a traer un cambio significativo en la distribución en seguros? ¿Afectará a los cambios en el sistema de remuneración de los corredores?

-Yo creo que en el tema de mediación el legislador comunitario tendría que haber esperado a ver cuáles son los efectos de 'Solvencia 2' en los productos que comercializan las entidades aseguradoras. Esa era la razón de ser del considerando que había en la misma Directiva, que venía a decir que la Directiva de distribución tendría que adaptarse a los nuevos condicionantes que se derivan de la determinación de una política de la entidad centrada en el riesgo. ¿Qué es lo que pasa? Que se hablaba en ese considerando del año 2009, que era el año en que tendría que haber entrado 'Solvencia 2', y al final la Directiva de distribución se empieza a tramitar sin que hayamos visto los efectos de 'Solvencia 2'. Así pues, puede que el legislador nacional se vea compelido a introducir un cambio en  las respectivas legislaciones nacionales y que dentro de unos años nos tengamos que enfrentar a una nueva reforma -esta sí- real y derivada de los efectos que 'Solvencia 2' haya podido causar en los productos que comercializan las aseguradoras.

Dicho todo esto, creo que el foco se ha puesto -al menos en un principio- en el tema del comisionamiento, pero no creo que el tema del comisionamiento sea una cuestión nuclear para el cliente. El cliente está centrado en otros elementos, en si el producto que está comprando cumple las expectativas que tiene, y por eso acude a un mediador, para que le aconseje en todo ese proceso.

El legislador nacional, además, como esto es una Directiva de mínimos, tiene la posibilidad de ir más allá en la transposición de la norma que, de momento, lo único que dice es que tienes que informar de cuál es su fuente de remuneración, si son comisiones o si son honorarios, y de quién te los paga. Pero tendremos que esperar a lo que haga el legislador nacional. Confío en que el legislador nacional piense más en lo que necesita el cliente que en el comisionamiento del corredor. Desde luego, en el seguro, el cliente lo que siempre mira es qué coberturas tiene este producto y qué precio.

-¿Cuál es la visión de la última consulta pública que se está haciendo en la Unión Europea de productos financieros en masa?

-Estamos ahora mismo en el proceso de contestación. Estamos intentando participar con el resto de asociaciones europeas, a través de nuestra patronal, en procedimientos de consulta que me parecen muy adecuados. Ciertamente considero necesario antes de abordar cambios legislativos, verificar previamente si las cuestiones que se plantean son realmente necesarias.

-¿Por dónde creen que va a desarrollarse la normativa sobre seguros de masa en la Unión Europea? ¿Cuál es su opinión al respecto?

-Yo creo que el mercado único de los seguros a nivel europeo está más desarrollado de lo que muchas personas consideran, primero porque hay muchísimos actores que operan en nuestro mercado a través de sucursales o libre prestación de servicio. Yo no creo que no se desarrollen los productos transfronterizos porque haya obstáculos a nivel nacional. Yo creo que no se desarrollan porque el cliente busca, en muchos tipos de contratos, la proximidad, y no es tan fácil contratar con una aseguradora un seguro de hogar cuando estás en Valencia y el asegurador está asentado en Finlandia. Se busca algo más próximo. Por su parte, la importante colonia existente en España de ciudadanos de otros países de Europa, sí que asegura muchas veces a través de la libre prestación de servicios con los aseguradores o mediadores de su país de origen. El elemento de confianza es el que da la seguridad. Me da la sensación de que hay una cierta obsesión por que se generen operaciones transfronterizas. Yo pienso que este sentido estamos más abiertos que otros sectores. Se puede asegurar con una compañía de otro país, pero no se puede abrir una cuenta bancaria en la que no tengas el país de residencia.

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