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RENTA 2017

Qué debe tener en cuenta antes del 31 de diciembre para rebajar los impuestos de la Renta 2017

8/12/2017 - 

ELCHE. ¿Qué aspectos tiene que tener en cuenta antes del 31 de diciembre para rebajar los impuestos a pagar en la Declaración de la renta 2017?

En primer lugar, es conveniente que consulte las declaraciones presentadas en los cuatro años anteriores, porque puede haber pérdidas y saldos negativos pendientes de compensar, reducciones pendientes de aplicar o deducciones no imputadas en ejercicios anteriores para poder aplicarlas este año.

Respecto a las exenciones en las indemnizaciones que compensen un daño moral, físico o psíquico, es necesario que intervenga el juzgado por medio de sentencia o conciliación judicial.

También está exenta de tributar la indemnización por despido siempre que usted haya percibido la indemnización por acuerdo ante el servicio administrativo correspondiente o ante el Juzgado.

También está exenta de tributar la prestación por desempleo si la percibe en un único importe (pago único).

En cuanto a los rendimientos del trabajo, si usted es trabajador, puede llegar a un acuerdo con la empresa para cambiar retribuciones dinerarias por retribuciones en especie. Así podrá reducir el importe de la base imponible por la que paga impuestos.

Respecto a los rendimientos del capital inmobiliario, cuando tenga gastos de conservación, reparación del inmueble arrendado que excedan de los ingresos, ese exceso lo podrá deducir en los cuatro años siguientes.

Sobre los rendimientos del capital mobiliario, una opción de inversión son los planes de ahorro a largo plazo hasta 5.000 euros anuales. Este producto financiero tiene ventajas fiscales, pues los rendimientos que genere están exentos de tributar siempre y cuando usted no disponga de la inversión antes de 5 años desde la fecha de contratación y disponga de la inversión y los rendimientos en forma de capital.

Con referencia a los rendimientos de actividades económicas, los puede utilizar si tributa en estimación directa métodos de imputación, como el criterio de caja, que pueden hacer bajar el pago de impuestos. Además, puede ser interesante que aplace las ventas de final de año a primeros de 2018 o anticipar gastos a 2017.

En caso de inicio de actividad, y si tributa en régimen de estimación directa, podrá aplicar una reducción del 20% sobre la ganancia neta si no ejerció otra actividad en el año anterior a la fecha de inicio de la nueva actividad.

Respecto a las ganancias patrimoniales, puede ser interesante reinvertir el importe obtenido en la venta de participaciones de un fondo de inversión, en la compra de participaciones de otro fondo de inversión. De esta forma evitará tener que tributar hasta que salga definitivamente del fondo de inversión.

Se puede reducir la base imponible de la Declaración de la renta hasta 8.000 euros que aporte a planes de previsión social. También puede aportar hasta 2.500 euros a planes de previsión social del cónyuge.

En cuanto a las deducciones, puede deducirse el 20% de las cantidades que ha destinado a la compra de participaciones o acciones en empresas nuevas o recientemente constituidas. Puede llegar a deducirse hasta 10.000 euros.

Previsión y planificación es ahorro.

Antonio Piqueras Delicado (Piqueras Consultores)

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