VALÈNCIA. El gabinete de estudios de los Asesores Fiscales de la Comunitat Valenciana (APAFCV) ha elaborado un informe para tener en cuenta las novedades tributarias sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de esta campaña. A continuación los aspectos a tener en cuenta a la hora de deducirse de la Renta 2017:
DEDUCCIONES PARA LA FAMILIA Y PERSONAS DEPENDIENTES:
Por contribuyentes con dos o más descendientes
El 10% del importe de la cuota íntegra autonómica, en tributación individual o conjunta, una vez deducidas de la misma las minoraciones para determinar la cuota líquida autonómica, excluida la presente deducción, a las que se refiere la normativa estatal reguladora del IRPF
Por hijos. Estas deducciones son compatibles entre sí
Por contribuyentes mayores con discapacidad
Por ascendientes mayores y discapacitados
Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en el marco de la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de protección a la maternidad.
Por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar
Por gastos de guardería (para mujeres que trabajan dentro o fuera del hogar)
Por conciliación de la vida laboral y familiar de la mujer trabajadora
Por labores no remuneradas en el hogar por uno de los cónyuges
DEDUCCIONES PARA EL ACCESO A LA VIVIENDA EN PROPIEDAD:
Por adquisición de vivienda habitual por discapacitados
Por primera adquisición de vivienda habitual por jóvenes de hasta 35 años
Por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual con ayudas públicas
DEDUCCIONES PARA EL ACCESO A LA VIVIENDA EN ALQUILER
Por alquiler de vivienda habitual
Por alquiler de vivienda por el desempeño de un trabajo o actividad económica en municipio distinto de aquel en que el contribuyente residía con anterioridad
DEDUCCIONES POR INVERSIÓN EN LA VIVIENDA HABITUAL
Por obras de conservación y mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual efectuadas durante 2016
OTRAS DEDUCCIONES
Por donaciones con finalidad ecológica a ciertas entidades
Por donaciones relacionadas con el patrimonio cultural valenciano
Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana
Por donaciones a otros fines culturales
Por cantidades destinadas a abonos culturales para contribuyentes con rentas inferiores a 50.000€
Por último existen, entre otros, los siguientes beneficios fiscales específicos de la Comunitat Valenciana aplicables a los hechos imponibles producidos en 2017: