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Antifraude ve fraccionamiento en 15 contratos para unos talleres sociales en València

Foto: KIKE TABERNER
6/10/2022 - 

VALÈNCIA. La Agencia Valenciana Antifraude considera que el Ayuntamiento de València tendría que haber realizado sólo un proceso de contratación en lugar de 15 contratos menores para organizar unos talleres de habilidades y competencias básicas para población en situación de exclusión social.

La concejalía de Bienestar Social, dirigida por Isa Lozano, adjudicó a diferentes proveedores la quincena de contratos, cuyos importes individuales se encontraban cerca del límite máximo fijado por la normativa para este tipo de contratación, y sumaron en total más de 200.000 euros.

"Por ello, su contratación debía llevarse a cabo en un único contrato", asegura Antifraude, lo que habría obligado a sacar a concurso la prestación de estos cursos. Así, el organismo que dirige Joan Llinares insiste en que los cursos se llevaron a cabo "en un mismo período temporal", entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2021, otro motivo para hacerlo mediante una sola adjudicación.

La Agencia constata que en este caso concurren las circunstancias para decir que hay "fraccionamiento irregular": para ello, al contratar el servicio, se ha de saber que la prestación es unitaria, "perfectamente definida" y que se ha de contratar año tras año al ser una necesidad "razonablemente previsible".

Foto: KIKE TABERNER

Al aterrizar la teoría al caso concreto, Antifraude señala que esta contratación responde "a un mismo objeto y necesidad", por lo que sólo se podría haber hecho de manera separada si esta necesidad "surgiera en momentos distintos", algo que "no se produce en este caso" porque los talleres se celebraron al mismo tiempo. 

"Era previsible estimar que se produjeran actuaciones de igual naturaleza a lo largo del año de forma periódica, por lo que era perfectamente posible agrupar en un solo contrato" estos servicios. Asimismo señala que para 2022 se inició un nuevo expediente de contratación con el propósito de "cubrir las mismas necesidades", donde, aquí sí,  "se acredita el carácter recurrente de las mismas".

En ese sentido, el Ayuntamiento de València empleó la fórmula de los "contratos puente", que se puede hacer con carácter excepcional y siempre que sea "imprescindible la continuidad de un servicio", señala la Agencia. Pero en este caso, y aunque Antifraude acepta la excepcionalidad -se hicieron estos contratos para llegar a tiempo mientras se convocaba un concurso-, la segunda condición no se producía.

De esta manera, Antifraude concluye instando al consistorio ha cumplir dos recomendaciones. En primer lugar, a hacer una "adecuada planificación y programación de la gestión contractual" para contratar de manera conjunta las necesidades similares, reiteradas y previsibles. Y por otro, que se elabore una instrucción interna para que los funcionarios justifiquen claramente la excepcionalidad de los "contratos puente" cuando se hagan.

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