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la conselleria ultima el borrador del anteproyecto de Ley de Inspección y Sistemas de Alertas

Así es el sistema informático de Transparencia para prevenir irregularidades en la administración

10/10/2017 - 

VALÈNCIA. Con el propósito de dejar atrás las épocas de supuestas irregularidades y corruptelas en la administración, las exigencias de Podemos como las medidas impulsadas por la Conselleria de Transparencia que dirige Manuel Alcaraz, están construyendo una auténtica red de organismos destinados a perseguir cualquier comportamiento sospechoso en la administración. El último ejemplo es el borrador del Anteproyecto de Ley de Inspección General de Servicios y Sistemas de Alerta para la prevención de malas prácticas en la administración de la Generalitat y su sector público, al que ha tenido acceso Valencia Plaza.

Durante el desarrollo de este borrador, la Conselleria de Transparencia firmó un convenio con la Universidad Politécnica y la Fundación Baltasar Garzón para desarrollar y poner en marcha el sistema de alertas tempranas para prevenir la corrupción en la Comunitat. Según explicó entonces el subsecretario de la conselleria, Alfons Puncel, la aplicación identifica posibles malas prácticas a través de algoritmos. Con ella, se quiere hallar de forma eficaz cuándo hay números que no cuadran o si se dan prácticas frecuentes como el fraccionamiento de contratos.

Ahora, el anteproyecto de ley diseñado por el departamento de Alcaraz cambia la forma de encarar la Inspección General de Servicios, un organismo que fiscaliza el comportamiento de los funcionarios. Si el decreto de 2014 promulgado por el Consell de Alberto Fabra para regular dicho ente solo hacía una mención en el apartado 4.2. a la "investigación de posibles irregularidades e infracciones de la legalidad vigente", el nuevo proyecto de Transparencia está totalmente destinado a esa meta. Y para ello, se prevé de tres armas: un sistema informático de alertas para detectar cualquier exigencia, una mayor autoridad a los inspectores y la imposición de sanciones elevadas para evitar la falta de colaboración en la comunicación de datos, como tiene establecido la aún en pañales Agencia Antifraude.

De hecho, en la misma exposición de motivos del anteproyecto de ley, se recogen las principales novedades de la futura Inspección General de Servicios, como una especie de recado a los anteriores gobernantes populares. "Entre las novedades más destacadas de esta ley, cabe destacar las siguientes: se dota a los inspectores de la condición de autoridad pública; se incluye la obligación de todos los órganos administrativos y del personal de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental de colaborar con la Inspección; se refuerzan sus atribuciones y se establecen mecanismos para garantizar la eficacia de sus investigaciones y favorecer el cumplimiento de sus recomendaciones", dice el texto.

Pese a que no se cita en la justificación previa de la futura ley, una de las modificaciones más destacadas que contiene este borrador es la introducción de un singular sistema de alertas para evitar actuaciones indeseadas en la administración valenciana. Esta herramienta digital, según el documento de la conselleria, estará integrada por "los datos obtenidos a partir de las bases de datos, creadas y alimentadas por la Administración de la Generalitat y los Entes de su Sector Público Instrumental, que sirven de soporte a su gestión administrativa y que se consideren de utilidad para la detección de las situaciones irregulares o malas prácticas; un sistema lógico e informático de procesamiento de datos, dependiente de la conselleria; un Mapa de Riesgos para la Prevención de posibles irregularidades y las autoevaluaciones individuales de riesgos; y de los informes de conclusiones y recomendaciones de cada actuación".

La Inspección General de Servicios, sin embargo, también tendrá la facultad de disponer "de datos de otros organismos y entidades, respecto a la actividad mercantil y financiera de contratistas, proveedores de servicios y beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas, de la forma que reglamentariamente se establezca". Unos datos que, junto con los propios de la administración valenciana incluyendo su sector instrumental, serán analizados a través del mapa de evaluación de riesgos, que se encargará de clasificar y seleccionar los distintos procedimientos para detectar posibles irregularidades.

Cuando el mapa de evaluación de riesgos, a través de sus aplicaciones informáticas, vislumbre una actuación inadecuada se dará una alerta. Estos avisos serán clasificados, en su versión más leve, como falsos positivos -alerta infundada, derivada de un error en los datos- o de alerta sin riesgo -"cuando se compruebe que no existe riesgo alguno"-. Ahora bien, si el aviso detectado es significativo, podrá ser tipificada como alerta para seguimiento, en la que se podrá "realizar una actuación de investigación de carácter simplificado que conllevará, en todo caso, la realización de una actuación de control al órgano afectado. En el supuesto de que tras ella se determine la existencia de un riesgo sustancial, se procederá en el modo previsto en la letra siguiente de este artículo". Si la irregularidad detectada tiene mayor gravedad aún, será calificada como "alerta para investigación" y se iniciarán las pertinentes averiguaciones.

La investigación, a su vez, no solo se empezará a través de una alerta del futuro sistema informático. También se podrán canalizar con una denuncia, por peticiones razonadas de algún organismo de la Generalitat Valenciana, por orden de un superior o por la información obtenida del sistema actual de quejas y sugerencias.

Una vez se haya realizado las pesquisas pertinentes, se elaborará un informe definitivo que determine de resultados. Si dicho documento encuentra "la existencia de debilidades de cualquier tipo o de irregularidades de carácter puntual, la Inspección General de Servicios efectuará recomendaciones de mejora". Las consecuencias de estos informes serán la redacción de unas recomendaciones para evitar, de nuevo, estas irregularidades por parte la conselleria o el ente afectado y, en caso que se considere oportuno, "el personal inspector de servicios realizará un seguimiento de la efectiva adopción de las medidas comunicadas".

Si del seguimiento se vislumbrara que estos comportamientos son de "carácter sistémico", la Inspección General de Servicios podrá solicitar al órgano objeto de la actuación la presentación de un Plan de Mejora, que es de caso obligatorio. En caso de no atender a estas obligaciones, la irregularidad será incluida en el informe anual de evaluación que, a su vez, será enviada a la Agencia Antifraude.

Más poder para los inspectores y sanciones

Para poder lograr que el sistema funcione adecuadamente, el anteproyecto de ley confiere "la condición de autoridad pública" a los inspectores, aunque sus atribuciones solo varían respecto de la anterior ley en que pueden "otras que les sean asimilables". Y, por otra parte, se le aplicará al funcionario que alerte de irregularidades un régimen específico de protección para "impedir que se pudieran adoptar medidas de represalia, trato discriminatorio o acoso, en su centro de trabajo, derivadas de su actuación". Las denuncias tendrán confidencialidad absoluta, aunque cuando el proceso esté resuelto serán publicadas en el portal de Transparencia de la Generalitat.

El borrador del nuevo diseño de la Inspección General de Servicios también contempla un régimen sancionador con aquellos que no colaboren con las investigaciones. Aunque la propia normativa fija "un plazo de prescripción de las infracciones de cuatro años para las infracciones muy graves, tres años para las graves y un año para las leves" y de tres años para las sanciones por la comisión de infracciones muy graves, de dos años para las infracciones graves y de un año para las leves.

Las infracciones cometidas se considerarán muy graves cuando se vulnere el régimen de protección al denunciante, cuando las denuncias sean falsas, la repetición de las irregularidades. Las sanciones para estos casos pueden ser de un multa de 3.001 hasta 30.000 euros, la declaración de incumplimiento y su publicación en el portal de transparencia.

Las graves serán desvelar información de la investigación en curso, el acceso injustificado a la información del sistema de alertas, el incumplimiento de las recomendaciones de los órganos de control de la Generalitat, la obstrucción continuada de la información o la comisión reiterada de infracciones leves. En este caso, la multa será su publicación en el portal de transparencia y la declaración del incumplimiento.

La faltas leves, según el borrador, estarán motivadas por no comparecer el órgano citado por el inspector, incumplir las obligaciones de actualizar el sistema de alertas en cada organismo o incumplir injustificadamente las recomendaciones de los organismos fiscalizadores. Se les podrá sancionar con un apercibimiento, una multa de 300 euros o ambas a la vez. El régimen sancionador aplicable será el mismo en caso de personas físicas o jurídicas externas a la Generalitat Valenciana. Toda una maraña de multas, sistemas de alertas y protección a los inspectores y denunciantes en la que Alcaraz tiene puestas sus esperanzas para erradicar las irregularidades en los funcionarios.

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