GRUPO PLAZA

la subvención va de 3.000 y 200.000 euros en función del volumen de deuda pendiente

Así se repartirán entre autónomos y empresas los 647 millones en ayudas directas del Plan Resistir Plus

Foto: EDUARDO MANZANA
14/05/2021 - 

VALÈNCIA. El pleno del Consell fijará este viernes los criterios para el reparto de 647 millones de euros entre los autónomos y empresas más afectados por la pandemia. Tras aprobar la semana pasada el decreto para acotar los 184 sectores de actividad que podrán beneficiarse de estas ayudas, el Gobierno valenciano da luz verde a un segundo decreto en el que se fijan los criterios concretos para determinar la cuantía de la ayuda directa.

Los 647 millones de esta nueva línea de ayudas, que la Generalitat ha denominado Plan Resistir Plus, proceden de los 7.000 millones del último plan de ayudas del Gobierno central para garantizar la solvencia de las empresas más afectadas por la pandemia, ya que el objetivo del mismo es aportar liquidez para afrontar su deuda comercial o financiera.

El Ministerio de Hacienda, una vez suscrito con la Conselleria de Hacienda el convenio de colaboración para el intercambio de información con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), transfirió el dinero a la Generalitat el pasado viernes, por lo que una vez el Consell apruebe este viernes este segundo decreto el departamento que dirige Vicent Soler abrirá el 31 de mayo la solicitud de cita para aquellos empresarios que facturen por módulos y el 7 de junio, para el resto.

El Real Decreto-Ley del Gobierno para la aprobación de este nuevo Fondo Covid prevé una cantidad fija de hasta 3.000 euros para todos los autónomos que tributan por módulos en los 184 sectores seleccionados y de entre 4.000 y 200.000 para las empresas y el resto de profesionales autónomos. Los primeros recibirán los 3.000 euros solo por pertenecer a alguno de los sectores actividad señalados, mientras que el requisito básico para los segundos es haber sufrido en 2020 una caída de su facturación como mínimo del 30% respecto al año anterior –salvo que se dieran de alta en 2019– y tener un volumen de deudas subvencionables de al menos 4.000 euros.

Se considera subvencionable la deuda con proveedores y acreedores financieros y no financieros, incluidos los costes fijos, devengados entre el 1 de marzo del año pasado y el 31 de mayo de este año y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021. En primer lugar debe saldarse la deuda comercial por orden de antigüedad –según la fecha de emisión de la factura– y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria. En este caso, prima la deuda con aval público.

El Real Decreto-Ley del Gobierno preveía inicialmente 95 sectores de actividad, pero tras las quejas de las CCAA, que pedían más margen para adaptarlas a la realidad económica de sus territorios, el Gobierno central permitió a las comunidades incluir a más sectores como beneficiariosEn el caso de la Comunitat, el Consell ha añadido otros 89 sectores elegibles de forma que en total son 184 sectores y grupos de actividad que podrán beneficiarse.

Vicent Soler, conseller de Hacienda. Foto: INMA CABALLER

Entre ellos que figuran actividades económicas vinculadas al sector del cuero y del calzado, el textil y la confección, el papel y las artes gráficas, una docena de sectores del comercio, el audiovisual, el plástico, la elaboración de vino o actividades vinculadas a la cerámica, entre otros, que inicialmente se habían quedado fuera.

Atendiendo al volumen de solicitudes previsto y a las características de los beneficiarios, tanto la presentación de la documentación como el resto de los trámites relacionados con estas ayudas se realizará a través de medios electrónicos. Por ello, la Conselleria de Hacienda recalca que será imprescindible por tanto que aquellos que soliciten la ayuda como beneficiarios cuenten con certificado digital y aquellos que lo hagan a través de representantes estén dados de alta en el Registro de Representantes.

Dos tramos de 200 y 447 millones

Para la asignación, la Conselleria de Hacienda ha establecido dos tramos. Un primer tramo de hasta 200 millones de euros reservado para atender las solicitudes de empresarios o profesionales que se apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF, más conocido como tributación por módulos. También entran en este tramo empresarios o profesionales que hayan realizado una modificación estructural o creado la empresa en 2019. La cuantía se fijará en función del volumen de deudas declaradas por el solicitante, con un máximo de 3.000 euros.

Estas ayudas podrán solicitarse telemáticamente entre el 31 de mayo y el 4 de junio y, si no se agotan los 200 millones previstos, el remanente se destinará al tramo siguiente sin una nueva convocatoria.

La reserva prevista para el segundo tramo, el que se repartirá entre el resto de autónomos y empresas que cumplan el requisito de pérdida de facturación, es de 447 millones de euros y el periodo de petición irá del 7 al 11 de junio.

En su caso, la Conselleria de Hacienda ha previsto una primera fase de reparto en la que se garantizan 4.000 euros por solicitante, el importe mínimo previsto en el Real Decreto-Ley del Gobierno. La norma estatal también establece un límite máximo equivalente a 40% de la caída anual del volumen de operaciones en empresas de hasta 10 trabajadores y del 20% para las empresas con 10 trabajadores en adelante.

Tras el reparto de 4.000 euros a cada solicitante, el sobrante de este tramo se asignará entre aquellos demandantes que no tengan suficiente con esa cantidad para cubrir todas sus deudas declaradas.

Si son empresas de manos de diez trabajadores, la ayuda equivaldrá al 2% de ese exceso de caída, mientras que si tiene más de 10 trabajadores, la ayuda les cubrirá el 1%. Si el sobrante de este tramo alcanza para cubrir el conjunto de solicitudes, la Conselleria de Hacienda dará directamente a cada solicitante la cantidad calculada. Si no, se repartirá de forma proporcional. Este proceso se irá repitiendo entre las empresas que aún no tengan cubierto el porcentaje máximo de deuda tantas veces como sea necesario hasta agotar el crédito.

Las ayudas se concederán antes de que acabe el año. Las comunidades autónomas tendrán que rendir cuentas ante el Ministerio de Hacienda el primer trimestre de 2022 sobre la gestión y ejecución de las ayudas que gestionarán. El saldo que no sean capaces de ejecutar o comprometer antes del 31 de diciembre de este año deberán devolverlo al Ministerio de Hacienda.

Foto: PEPE OLIVARES

El plazo máximo para resolver las solicitudes es de seis meses. Transcurrido el mismo sin una notificación expresa, la solicitud se entiende por rechazada. La Conselleria de Hacienda habilitará en su página web un acceso a la sede electrónica para formular las solicitudes.

Una vez recabadas las solicitudes, la Conselleria de Hacienda las enviará a la AEAT para que la Delegación Especial coteje la información y aclare si la empresa cumple o no con el requisito básico de acceso de haber sufrido una caída de ventas de al menos un 30% en 2020.

Exigencias para los beneficiarios

Los autónomos y empresarios que reciban estas ayudas tendrán que mantener la actividad para la cual han recibido la subvención hasta el 30 de junio de 2022. No podrán repartir dividendos ni este ejercicio ni el próximo ni incrementar las retribuciones de la alta dirección en los dos años siguientes a la percepción de la ayuda.

Tras recibir el pago, tendrán tres meses para acreditar que el dinero ha ido destinado a saldar deudas.

El Plan Resistir Plus, financiado con fondos del Estado, se suma al primer Plan Resistir, aprobado por el Consell a principios de enero y financiado con recursos procedentes de los fondos europeos de reconstrucción a través del instrumento React EU. Dentro del mismo se incluyeron los 160 millones de las ayudas conocidas como Paréntesis canalizadas a través de los ayuntamientos; 80 millones para autónomos y empresas de sectores como turismo, ocio y cultura, restauración y hostelería; 17 millones para afectados por ERTE; o los 8 millones para compensar al sector del ocio nocturno.

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