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un ente que se acordó crear a finales de 2017

Así será la Agencia Valenciana de Cambio Climático: el Consell aprueba el anteproyecto

6/01/2022 - 

ELCHE. Cinco año después, tras la propuesta a finales de 2017, en el marco de la negociación de los presupuestos autonómicos en la que Podemos proponía la creación de una Agencia Valenciana de Cambio Climático, ve la luz ahora el anteproyecto de ley de la misma. Un proceso que empieza ahora su trámite de exposición pública, iniciado el 31 de diciembre del pasado 2021, y que establece las funciones que tendrá este ente del sector público instrumental en la mitigación del cambio climático. 

Empieza a materializarse por tanto la creación de una agencia que parecía olvidada y que volvía a aparecer en escena en marzo del pasado curso, ya que con el visto bueno para la creación de la Agencia Valenciana de la Energía se recogía la creación de esta agencia, promovida por la Conselleria de Transición Ecológica. La creación de esta Agencia iba a formar parte del proyecto de ley de Cambio Climático y Transición Ecológica. Sin embargo, por motivos de necesidad, seguridad jurídica y transparencia, se optó por su aprobación como texto legal específico, al ser una materia transversal por la afección a los ecosistemas valencianos "y espacios naturales de gran valor y fragilidad", relata el preámbulo, así como a la propia economía, altamente dependiente de los mismos y sectores como el agrario o el turístico.

Un ente público instrumental que definirá las líneas de actuación para mitigar el cambio climático

Así, con los objetivos de articular instrumentos de mitigación del cambio climático con una mejor eficiencia y coherencia, el texto de la Ley se estructura en tres Capítulos, el primero define la naturaleza jurídica de la Agencia, su objeto y funciones, configurándose como un instrumento para coordinar y ejecutar los marcos estratégicos; el segundo establece los órganos de gobierno y dirección de la Agencia (Presidencia, Vicepresidencia, el Consejo de Dirección, y la Dirección asistida por una Secretaría General Técnica); y finalmente, el Capítulo III establece la estructura orgánica y funcional, personal, patrimonio y régimen económico y presupuestario, sin perjuicio de su concreción en los estatutos de la Agencia que deberán ser aprobados por Decreto del Consell. 

A grandes rasgos, la Agencia, integrada en el sector público autonómico, se regirá por el derecho privado, con personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión y plena capacidad jurídica y de obrar y, dentro de su ámbito competencial, le corresponderán las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines. Tendrá como objeto la ejecución de las medidas de lucha contra el cambio climático previstas en las estrategias y planes que tengan la finalidad de mitigar los efectos del cambio climático y las fórmulas de adaptación al mismo, siguiendo las directrices de política general del Consell.

Campañas de sensibilización, actuación o medición de las emisiones

Dependerá de la Conselleria de Transición Ecológica y coordinará y ejecutará los marcos estratégicos, planes, programas y presupuestos de carbono que se aprueben para la lucha contra el cambio climático, mediante planes de acción sectoriales, seguimiento de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) y los mercados de carbono, así como de la vulnerabilidad de los recursos y sistemas naturales valencianos. Se encargará de elaborar campañas de actuación, concienciación o medición de todo estos parámetros, impulsando también líneas de investigación a este efecto. 

Estructura de la Agencia

La presidencia recaerá sobre la consellera competente, que en este caso sería Mireia Mollà. Tendrá un Consejo de Dirección, constituido por la Presidencia y Vicepresidencia de la Agencia, así como por miembros de departamentos sectoriales como Industria, Comercio, Agua, Urbanismo, Energía, etc. La vicepresidencia corresponderá a la Secretaría Autonómica de la conselleria; la Dirección será nombrada y cesada por el Consell a propuesta de la Presidencia y la Secretaría General Técnica dependerá directamente de la Dirección. Este Consejo será el máximo órgano de nivel administrativo de la Agencia.

De cara al funcionamiento, la Presidencia se encargará de la alta representación de la Agencia, fijará las estrategias y las políticas relativas a las funciones del ente y ejercerá la dirección e inspección de todos los servicios de la Agencia, así como la aprobación anual del anteproyecto de su presupuesto. Por su parte, el Consejo de Dirección es el órgano de asesoramiento y consulta de la Agencia; propondrá líneas de actuación y evaluará los programas de actuación. La vicepresidencia se encargará de programar, dirigir y coordinar las actividades de la Agencia y la Dirección será el órgano ejecutivo de la Agencia, y con funciones ordinarias de representación y las que le atribuyan los estatutos. Por último, serán funciones de la secretaría general técnica prestar apoyo directo al titular de la dirección, y atender todos los servicios generales de la Agencia.

Paralelamente a la aprobación de este anteproyecto ahora en exposición pública, en agosto de 2021 el Consell aprobaba precisamente el anteproyecto de la Ley de Cambio Climático en la que se incardinará esta Agencia y que tendrá el reto de establecer las políticas para llegar a los objetivos que marca la Ley de Cambio Climático: reducir las emisiones de CO2 en un 40% en 2030.

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