VALÈNCIA. La Conselleria de Justicia y Administración Pública que dirige Gabriela Bravo emitió este martes una resolución para regular la modalidad de teletrabajo entre los funcionarios ante la crisis sanitaria generada por la covid-19. Un documento que establece las líneas básicas de organización interna de las consellerias que, si bien en el fondo no introduce cambios significativos respecto a la situción actual, era necesario adoptarlo tras decaer el estado de alarma el pasado 9 de mayo.
En este sentido, conviene apuntar que la anterior resolución que acordaba el régimen de trabajo no presencial en la Administración se justificaba en el decreto de estado de alarma, por lo que para evitar generar inseguridad jurídica era inexcusable aprobar un nuevo acuerdo que se apoyara en la crisis sanitaria actual de acuerdo al decreto de teletrabajo que aprobó el pleno del Consell el pasado 2 de abril. De hecho, esta fue una de las principales preocupaciones de sindicatos como CSIF, que se dirigieron a Bravo para cuestionar qué ocurriría con la modalidad de trabajo no presencial una vez decayera el estado de alarma.
Con estos mimbres, la resolución actual mantiene que la presencialidad en los centros de trabajo debe ser de un 70% y el porcentaje de plantilla que se acoja al programa de teletrabajo no podrá superar el 30% del total. Así, el texto firmado por Bravo señala que las personas que ocupen "la subsecretaría de Presidencia de la Generalitat y de las diferentes consellerias, así como de los órganos que ostenten la dirección superior de personal de los respectivos organismos públicos adscritos a las mismas, podrán organizar turnos rotatorios presenciales y de teletrabajo del personal a su cargo". Estos turnos, deberán cumplir con los porcentajes fijados.
La resolución también fija que las personas que teletrabajen deberán contar con los medios técnicos mínimos para desempeñar sus funciones, contarán con los mismos horarios que si trabajaran de forma presencial, no sufrirán modificación retributiva ni de promoción interna y la Administración "deberá respetar su derecho a descanso".
"Las medidas organizativas que se adopten por las subsecretarías y órganos responsables de personal deberán recogerse en una resolución en la que se indique tanto el número de efectivos asignados a cada turno y por cada centro directivo, así como los lugares de trabajo y las funciones que comportan necesariamente la prestación de servicios presenciales", concluye el documento que, además, exige a las subsecretarías a trasladar la primera quincena de cada mes el número de personal que se ha acogido al trabajo no presencial.
Esta regulación, cabe apuntar, tendrá carácter temporal mientras dure la crisis sanitaria, ya que una vez finalice la pandemia de la covid-19 las consellerias podrán aplicar los planes de teletrabajo ordinarios y no este que es provisional.
Un diseño en el que ya trabajan departamentos como el de Economía, tal y como adelantó este diario. De hecho, el texto impide durante la vigencia de esta resolución que se apruebe cualquier programa de teletrabajo ordinario. Todo un aviso a navegantes.