El Consell modifica las condiciones de acceso a la atención presencial en el ámbito de la administración autonómica
VALÈNCIA (VP). El Pleno del Consell ha aprobado un acuerdo que modifica de las condiciones de acceso a la atención presencial en el ámbito de la Administración de la Generalitat.
A través de estas modificaciones, se deja sin efecto la obligatoriedad de la cita previa para el acceso a la atención presencial en los servicios de atención al público de la Generalitat. No obstante, se mantendrá y fomentará el uso de la cita previa con carácter voluntario para favorecer la organización, la eficiencia y la calidad del servicio, especialmente con la reducción de tiempos de espera.
En cualquier caso, se limitará el aforo de la ciudadanía en la atención presencial en función del espacio disponible para la atención al público. Asimismo, se adoptarán las medidas de prevención oportunas para garantizar la seguridad y salud de acuerdo con la normativa vigente, especialmente se evitará la concentración masiva de personas y se garantizará la distancia interpersonal.
Con carácter excepcional, los departamentos de la Administración de la Generalitat podrán establecer la obligatoriedad de la cita previa para servicios específicos por razón de la personalización del servicio y especificidad de la materia.
Este acuerdo del Consell entrará en vigor el próximo 14 de febrero y dejará sin efecto el apartado séptimo del anexo II del Acuerdo de 19 de junio de 2020 sobre medidas de prevención frente a la COVID-19 que establecía que en los servicios de atención al público se priorizaba la atención telefónica y telemática y, para la atención de carácter presencial, sería precisa la cita previa.
Con esta medida se busca un equilibrio entre las ventajas del uso de la cita previa para reducir los tiempos de espera y mejorar la calidad de la atención a la ciudadanía, y las garantías de acceso a la atención presencial, especialmente en el caso de las personas y colectivos más afectados por la brecha digital.