VALÈNCIA. El magistrado del Juzgado Centra de lo Penal de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia ha decidido suspender el ingreso en prisión del exsecretario general del PPCV Ricardo Costa, condenado por la financiación irregular del partido en València durante los años 2007 y 2008.
El juez conmuta la pena de cuatro años de prisión del que fuera mano derecha del expresidente Francisco Camps por un año de servicios a la comunidad, que cumplirá en Castellón, y el pago de una multa de 192.000 euros, a razón de 4.000 euros al mes, más otra de 75.000 de la sentencia, lo que hace un total de 267.000 euros.
Vázquez Honrubia recuerda en su auto que Costa “no obtuvo ningún lucro o beneficio personal”. Y añade respecto de la actitud del expolítico durante el juicio que a “la conducta del reo y su esfuerzo reparador, añadamos a ello que no hay vestigio alguno de enriquecimiento personal o ánimo de lucro propio, y la excepcionalidad del caso hay que referirla a la conducta del hoy condenado, y en su momento acusado, que vertió en juicio oral una confesión importante y relevante, en definitiva, una eficacísima colaboración transcendente y activa, o sea, significativa y valiosa para la justicia”.
Pero, es más, el magistrado añade que la conducta de colaboración de Costa no se ha limitado al juicio de la financiación, sino que “ha seguido colaborando con fiscalía y órganos judiciales cuando menos en tres procedimientos de análoga significación delictiva al presente seguidos en València como son el caso Fórmula I, el caso Valmor, y caso Taula”.
Y recuerda que también colaboró en la Comisión de Investigación del Congreso de los Diputados sobre la financiación irregular del PP, en el caso de los papeles de Bárcenas en la Audiencia Nacional y que, su declaración en el Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la AN “ha permitido reordenar y ampliar” la pieza ‘Valencia 5’, es decir, hace referencia al caso del contrato de grandes eventos de Fitur por el que el expresidente de la Generalitat, Francisco Camps, fue procesado hace una semana gracias, entre otras cosas, a su declaración.
Y basa estas afirmaciones, además de en su propia sentencia, en el informe de la Fiscalía Anticorrupción que alegó: “El fiscal ha comprobado la conducta actual de colaboración con la Administración de Justicia pues se ha constatado que Ricardo Costa ha protagonizado unos méritos que procede tomar en consideración en relación con la pretensión planteada por su defensa y recuerda el Ministerio Fiscal la colaboración efectiva” en todos los casos anteriormente mencionados.
Y apostilla que es colaboración “puede y debe” enmarcarse en el principio esencial de reparación del daño, pues como ya se explicó en la sentencia, “toda esta colaboración supone una disminución del resultado antijurídico del delito”.
En cuanto al hecho de que la pena impuesta supere los dos años de prisión, se explica en el escrito del magistrado que “se aplica la modalidad ampliada de la suspensión, que permite rebasar el límite general de la suspensión”, fijada en dos años, “constituyéndose un instituto mixto de suspensión y sustitución que recoge elementos del anterior sistema de sustitución, pues se orienta a influir positivamente en el penado”.
Para poder acceder a este tipo de suspensión, el único requisito es que ninguna de las penas impuestas en la sentencia supere los dos años, y en el caso de Ricardo Costa, hay tres de 8 meses y una de 24, por lo que es factible.
Costa fue condenado a cuatro años de cárcel por la financiación irregular del partido liderado entonces por Francisco Camps en las elecciones de 2007 y 2008. El juez José María Vázquez Honrubia también condenó a los líderes de la trama Gürtel: Francisco Correa a 5 años y tres meses de prisión; Pablo Crespo a 5 años de cárcel; y a Álvaro Pérez 'El Bigotes' a seis años y nueve meses por girar facturas falsas para que otros empresarios sufragasen ilícitamente parte de los actos electorales de los 'populares'. Los empresarios ‘pagadores’ salieron airosos con tan solo una multa tras alcanzar un pacto de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción.
El magistrado consideró acreditada la existencia de un sistema de financiación irregular de las campañas electorales de 2007 y 2008 del PP valenciano, cuando lo presidía Francisco Camps. El fallo señalaba que el Partido Popular de la Comunidad Valenciana se financió de manera "tan absolutamente irregular" durante las campañas electorales de 2007 y 2008 que "fue delictiva".
En la sentencia del juicio a la rama valenciana de Gürtel, el juez expuso que el PP de la Comunitat Valenciana financió parte de las citadas campañas, organizadas por la trama Gürtel, con dinero en "B" y facturas falsas pagadas por empresarios que pagaron algo más de 1,2 millones para financiar a la formación regional.
Dijo el juez que para organizar las campañas de 2007 y 2008, el PP valenciano contrató a la mercantil del Grupo Correa llamada Orange Market y que para desarrollar sendas campañas los acusados no tuvieron en cuenta la cuantía máxima admitida del gasto electoral prevista por la ley y recurrieron a empresarios.
La Audiencia Nacional no ve ningún delito en la actuación del expresidente de la Generalitat respecto a las adjudicaciones y contrataciones con la trama; la sentencia absuelve a Alicia de Miguel, Manuel Cervera, Luis Rosado y David Serra, aunque condena a varios cargos del Consell