Ni falta de dinero ni la covid: así tumbó el CJC las 'excusas' del Valencia para salvar la ATE de Mestalla

19/08/2022 - 

VALÈNCIA. La Generalitat Valenciana aprobó a finales de junio la caducidad de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) del Mestalla. La figura urbanística que amparaba el conjunto de intervenciones junto a la construcción del Nou Mestalla y que el Gobierno valenciano ha resuelto de manera anticipada tras los numerosos incumplimientos del Valencia CF, promotor de la ATE. Lo hizo, precisamente, con el visto bueno del Consell Jurídic Consultiu, cuyo informe, que se da a conocer ahora, desmonta una a una todas las alegaciones del club para justificar las demoras.

Así, ni la falta de financiación para iniciar las diferentes actuaciones previstas en la ATE, ni el impacto de la pandemia de coronavirus, ni la presunta inactividad del Ayuntamiento de València en la tramitación administrativa de permisos, ni la desproporcionalidad de la Generalitat Valenciana en su sanción. Ninguna de las coartadas presentadas por el club che para salvarse de la caducidad de la ATE fueron atendidas por el Consell Jurídic, lo que dio vía libre al Gobierno valenciano.

El principal motivo para la caducidad es que el Valencia incumplió varios plazos incluidos en los acuerdos con la administración. El plan contaba con varias fases y unos plazos parciales tasados: en 2018 se tenía que haber demolido el edificio de dependencias municipales de la Avenida de Aragón, la urbanización del entorno y la construcción del hotel de Expo Grupo en su lugar. Una fase "improrrogable" de la que se ha incumplido el último punto: Expo Grupo no ha erigido su complejo hotelero.

Por otra parte, en 2021 tendría que haberse urbanizado el entorno del Nou Mestalla, ejecutado medidas correctoras de movilidad, construido el polideportivo de Benicalap, desarrollado el suelo terciario del nuevo estadio y, sobre todo, se tendría que haber acabado el Nou Mestalla en la Avenida de Cortes Valencianas. Como es comprobable, nada de esto ha ocurrido: el incumplimiento es patente.

Financiación

Así, entres las alegaciones presentadas por el club se exponía la dificultad de financiar el nuevo estadio por la "complejidad de las negociaciones con varios inversores interesados en comprar las parcelas del Viejo Mestalla". Según el Valencia, "las ofertas recibidas estaban condicionadas a la obtención de la financiación bancaria necesaria para terminar la construcción del Nuevo Mestalla" con riesgo de penalidades, lo cual hacía "imposible" presentar "un proyecto económico sostenible financiera para el club".

El Ayuntamiento ya había desestimado este argumento y el Consell Jurídic le da la razón al consistorio insistiendo en que el principio de "riesgo y ventura" en los negocios y en los contratos públicos lleva "inherente un elemento de aleatoriedad" como el de la falta de financiación o "la frustración de las expectativas económicas". Es un riesgo, señala, que tomó el Valencia al suscribir los diferentes convenios con el Ayuntamiento y la Generalitat y eso no le "libera de cumplir lo acordado".

La pandemia

Otro aspecto alegado por el Valencia tenía que ver con la pandemia de coronavirus. Según el club, la irrupción de coronavirus en 2020 había impactado "en la economía de los contratos de manera negativa" y, en concreto, el de la ATE, acordado en 2015. En ese sentido, el CJC señala que el Estado "ya adoptó las medidas que estimó necesarias para paliar en la contratación del sector público los efectos negativos". Sin embargo, ni aun así valdría esta alegación.

El organismo consultivo señala que las medidas previstas por las normas estatales aprobadas a raíz del estallido de la pandemia de coronavirus exigían que los contratos estuviesen en fase de ejecución, y "el VCF no inició ninguna ejecución de las obras urbanísticas" de la segunda fase. "Tampoco la situación generada por la Covid-19 altera [...] el riesgo de financiación" del club, por lo que se aplicaría el principio de riesgo y ventura señalado anteriormente.

Inactividad de la administración

Por otro lado, el Valencia alegaba que los retrasos en las actuaciones se deben no solo a la dificultad de obtener financiación y al impacto negativo de la covid, sino también a la propia inactividad del Ayuntamiento en la tramitación de permisos. Sobre esto, el CJC señala que en el trámite de reparcelación urbanística necesario "se aprecia [...] demora por parte de la administración local en algún trámite inicial", pero que dicha demora "no se estima determinante en el incumplimiento del VCF en la presentación definitiva" del proyecto. "Las distintas reuniones con la administración local evidencian la voluntad de cooperación", indica, para añadir que también el Valencia fue culpable de otras demoras.

Sobre la licencia de obras, el Consell Jurídic es tajante: "No se constata una falta de actuación por parte de los servicios municipales que haya influido o haya sido determinante del incumplimiento" del Valencia. Y va más allá para cuestionar al club y responderle que el "verdadero motivo" de que no se hayan iniciado las obras es la "dificultad de financiación" que el club admite en varios escritos: "Es decir, aunque el VCF hubiera dispuesto de la licencia, su pretensión era comenzar la ejecución del Nou Mestalla a mediados de 2024 o en octubre de 2022, según se atienda a uno u otro escrito"; en cualquier caso, tarde.

El hotel de Expo Grupo

Como se ha dicho, la primera fase de la ATE debería estar concluida en 2018. Sin embargo, está pendiente la construcción de un edificio hotelero en la Avenida de Aragón, sobre la parcela que dejaron libre las dependencias municipales demolidas. El Ayuntamiento de València considera que este "no puede considerarse como un incumplimiento" del club puesto que el propietario es la compañía Expo Grupo. Sin embargo, el Consell Jurídic Consultiu no está de acuerdo.

Así, el órgano consultivo insiste en que el club "asumió como compromiso frente a la Generalitat, como parte de la ATE, la realización del citado hotel icónico", tal como recogen los convenios suscritos con la administración. "Con independencia de que la ejecución material del hotel icónico corresponda a otra entidad", explica el CJC, "constituyó un compromiso asumido por el VCF". "De no efectuarse esta interpretación, el promotor podría haber asumido cualquier otro compromiso frente a la Generalitat, a ejecutar por un tercero, eximiéndose posteriormente de responsabilidad, pero obteniendo los beneficios derivados de la ATE, lo que carece de cualquier lógica jurídica", concluye a este respecto.

"Absolutamente desproporcional"

A juicio del Valencia, la decisión de la Generalitat Valenciana de declarar la caducidad de la ATE sería "absolutamente desproporcional" porque "causaría importantísimos daños y perjuicios no solo para el Club, sino para la ciudad de Valencia y la Comunitat", sobre todo "a la vista de que existen soluciones infinitamente menos gravosas, como lo es la concesión de la reorganización de los plazos de la ATE".

En ese sentido, hay que recordar que el Consell ha declarado la caducidad de la ATE pero manteniendo los beneficios urbanísticos que incluía, como por ejemplo 40.000 metros cuadrados de suelo terciario en el antiguo Mestalla. Así, el CJC señala que el principio de proporcionalidad "no se estima vulnerado en la medida" porque "se han ponderado, en los distintos informes, los intereses públicos concurrentes, se ha valorado la conducta llevada a cabo por el VCF, se ha consultado a los órganos administrativos y administraciones intervinientes y se ha propuesto
el mantenimiento de las previsiones del planeamiento a fin de atenuar los efectos de una eventual declaración de caducidad".

En todo caso, el dictamen insiste en que, si no se declarara la caducidad, "hubiera exigido, como alternativa a la no declaración de caducidad, la imposición de penalidades" como la que ya tramitaba la Generalitat de 2,3 millones de euros y que, con la caducidad de la ATE, ya no se materializará. Por ello el CJC no considera desproporcional la decisión: "Otra interpretación comportaría dejar al arbitrio del promotor de la ATE la decisión sobre cuándo la Administración Pública debe ejercer" su potestad.

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