GRUPO PLAZA

tribuna libre

Educar en derechos humanos: una oportunidad para desarrollar ventaja competitiva y posicionamiento de empresa

14/06/2023 - 

VALÈNCIA. El pasado 1 de enero de enero de 2023 entró en vigor la ley alemana de Diligencia Debida Empresarial de las Cadenas de Suministro (Lieferkettensorgfaltspflichtengesetz, LkSG). Por ahora, la LkSG afecta a todas aquellas empresas que cuenten con una sucursal en Alemania y empleen a más de 3.000 trabajadores de forma regular. A partir de enero de 2024, el umbral de trabajadores se reducirá a 1.000. Por eso, cada vez son más las empresas que se preguntan qué obligaciones deberán cumplir para estar en concordancia con la nueva normativa. 

Pese a lo que su nombre pueda sugerir, la LkSG obliga a las empresas que entran en su ámbito de aplicación a cumplir con la Diligencia Debida en Derechos Humanos (DDDH) y medio ambiente tanto en sus propias operaciones como a lo largo de sus cadenas de suministro y valor. La cadena de suministro incluye todas las etapas necesarias para la fabricación de productos y la prestación de servicios, desde la extracción de las materias primas hasta la entrega al cliente final. Con el fin de especificar los problemas de derechos humanos a los que se refiere la diligencia debida empresarial, la LkSG establece una lista de diez violaciones, a saber: trabajo infantil, trabajo forzoso y otras formas de esclavitud, incumplimiento de las normas de protección laboral, violación de la libertad sindical, discriminación, privación de un salario digno, violaciones de derechos humanos ocasionados por daños al medio ambiente, desalojos forzoso ilegales, y violencia ejercida por las fuerzas de seguridad. 

Los elementos esenciales de las obligaciones de DDDH establecidas por la ley alemana se basan en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos adoptados por las Naciones Unidas en 2011, así como en el Plan Nacional de Acción aprobado por Alemania en 2016. En particular, las empresas cubiertas por la norma deberán: establecer un sistema de gestión de riesgos; determinar quién es el responsable interno de la empresa; llevar a cabo análisis de riesgos de forma periódica; emitir una declaración política sobre su estrategia en materia de derechos humanos; adoptar medidas preventivas y correctivas; establecer un procedimiento de reclamación para los denunciantes; y documentar y presentar un informe anual sobre el cumplimiento de la diligencia debida. 

Es importante recordar, en este sentido, que el de Alemania no es un caso aislado: en los últimos años se está produciendo un tránsito de un conjunto de estándares recomendatorios y promocionales de DDDH (soft law) a otros de carácter jurídicamente vinculante (hard law). Para muchos, esta tendencia constituye “un cambio de paradigma”. En el plano nacional, este movimiento aglutina leyes de carácter horizontal, como la pionera Ley francesa sobre el deber de vigilancia (2017), la mencionada Ley alemana (2021), o las normas de transparencia aprobadas por Suiza y Noruega (ambas en 2021); legislación destinada a combatir la esclavitud moderna (California, Reino Unido, Australia, Estados Unidos, Canadá); así como normas sectoriales y temáticas, como el artículo 1502 de la Ley Dodd-Frank sobre minerales de conflicto (Estados Unidos, 2010) o la Ley holandesa sobre diligencia debida y trabajo infantil (2019). 

Paralelamente, en el ámbito de la Unión Europea (UE) se han adoptado instrumentos jurídicos de diligencia debida en sectores que presentan un particular riesgo de causar impactos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, como el Reglamento (UE) 995/2010 sobre comercialización de la madera y los productos de madera o el Reglamento (UE) 2017/821 sobre la importación de minerales de conflicto; y se han establecido mecanismos de transparencia, como la recientemente aprobada la Directiva 2022/2464 (conocida como CSRD). Junto a ello, en febrero de 2022 se inició un proceso hacia la adopción de una Directiva sobre diligencia debida en derechos humanos obligatoria de carácter horizontal. Tras el acuerdo alcanzado por los negociadores el pasado 18 de abril, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo aprobó su posición sobre la propuesta el 25 del mismo mes. Esto permitirá al Parlamento ultimar su posición sobre el expediente durante la sesión plenaria del 31 de mayo al 1 de junio, antes de entablar negociaciones con los gobiernos de los Estados miembros en el Consejo de la UE.

Casi simultáneamente a la publicación de la propuesta de Directiva, el Gobierno de España presentó un Anteproyecto de Ley de protección de los derechos humanos, de la sostenibilidad y de la diligencia debida en las actividades empresariales y transnacionales. Recientemente, el director general de Políticas Palanca para el cumplimiento de la Agenda 2030 Gabriel Castañares aseguraba que con la aprobación de esta ley el Ministerio de Derechos Sociales busca “anticiparse a la futura Directiva Europea, para situar a España y a nuestras empresas en una posición líder en esta materia al nivel de países de nuestro entorno como Francia o Alemania”. Por tanto, la pregunta no es si las empresas españolas tendrán que hacer frente a obligaciones de DDDH similares a las que se aplican a las empresas alemanas, sino cuándo y cómo pueden empezar a prepararse.  

La creación del puesto de oficial/responsable de derechos humanos en la empresa constituye un valioso primer paso hacia la implementación de una diligencia debida eficaz. Aunque resulta habitual que las instituciones gubernamentales y las ONG cuenten con expertos responsables de derechos humanos, la mayor parte de las empresas no están familiarizadas con el alcance de esta función y las formas en que puede apoyar el cumplimiento de las nuevas obligaciones de DDDH. Es por ello que desde Löning Human Rights & Responsible Business — consultora corporativa internacional especializada en derechos humanos con amplia experiencia en el mercado alemán y recientemente instaurada en España — recomendamos a las empresas españolas que quieran anticiparse a los inminentes desarrollos legislativos nacionales y europeos, desarrollando ventaja competitiva y posicionamiento de empresa, designen a una persona o equipo responsable que comience a capacitarse para gestionar los posibles efectos adversos para los derechos humanos y el medio ambiente causados por sus actividades o a lo largo de sus cadenas de suministro y valor. 

Rita Delgado Correcher es consultora en la firma alemana Löning Human Rights and Resposible Business

Noticias relacionadas

next

Conecta con nosotros

Valencia Plaza, desde cualquier medio

Suscríbete al boletín VP

Todos los días a primera hora en tu email


Quiero suscribirme

Acceso accionistas

 


Accionistas