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El Ayuntamiento de València podrá cobrar impuestos a residentes de otros municipios en 2021

1/10/2020 - 

VALÈNCIA. EL Ayuntamiento de València dijo basta a no poder cobrar impuestos de contribuyentes en la capital del Túria porque no sean residentes de la ciudad. El consistorio prepara los trámites para tener la capacidad de exigir el pago de los gravámenes municipales a aquellos que, hasta el momento, podían escaparse por el simple hecho de pertenecer a otro municipio. Un procedimiento que se hará de manera conjunta con la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) y que se quiere activar en 2021.

Se trata de una colaboración entre ambas administraciones que hasta el momento se ha llevado a cabo para el cobro de las sanciones relacionadas con las infracciones de tráfico y de la zona azul -con la ORA-, pero que se pretende ampliar el próximo año para el resto de impuestos, tasas y otros gravámenes municipales. De esta manera, aquellos contribuyentes de la ciudad cuyo domicilio se sitúe en otras localidades, deberán responder sí o sí por sus obligaciones tributarias en la ciudad.

Una obligación que hasta ahora no tenía por qué darse puesto que el ámbito de recaudación de la administración local no puede exceder el término municipal. Lo cual suponía un "grave perjuicio" para una gran ciudad como el Cap i Casal, núcleo rodeado de una importante área metropolitana, en la que muchos de los deudores son titulares de cuentas bancarias fuera de la capital. Y allí, el Ayuntamiento de València no tiene capacidad recaudatoria, por lo que no puede ordenar el embargo de cuentas.

De ahí  que se haya recurrido a la capacidad de un ente superior, en este caso la Agencia Tributaria Valenciana, dependiente de la Conselleria de Hacienda, con la que se firmó un convenio en 2017, con Ramón Vilar al frente de la concejalía de Hacienda de València. Desde entonces, se ha aplicado la parte del convenio correspondiente a la ORA y las multas de tráfico, lo que ha permitido al consistorio recaudar desde ese momento más de 7,3 millones de euros de personas que, residiendo en otros municipios, hasta entonces podían escurrir el bulto en estas materias.

En 2018, este convenio se actualizó, de modo que la Agencia ampliaba su capacidad recaudatoria a "cualquier ingreso de derecho público del Ayuntamiento de València que tenga que practicarse fuera de su término municipal". Esto es que desde ese momento la administración autonómica no sólo puede embargar las cuentas por multas relacionadas con aparcamiento o tráfico, sino que puede hacerlo con cualquier otra obligación tributaria con el consistorio: gravámenes como el IBI o el impuesto de vehículos, así como tasas y otros derechos tributarios.

El edil de Hacienda de València, Borja Sanjuán. Foto: KIKE TABERNER

El convenio se ha ido prorrogando de manera anual -la última vez, el pasado mes de junio de 2020-, pero lo cierto es que todavía no se había puesto en marcha la maquinaria técnica y de cooperación que pueda hacer realidad el cobro de estos impuestos fuera de València. Para ello, la Agencia Tributaria Valenciana y los servicios de Tesorería municipales deberán establecer los mecanismos para compartir los datos de los deudores y que, a partir de este momento, la administración autonómica pueda exigir el pago en sus respectivos municipios y, si cabe, llegar a embargar sus cuentas.

Este martes, la directora general de la Agencia Tributaria Valenciana, Sonia Díaz, mantuvo un encuentro con el edil que dirige la Hacienda municipal, Borja Sanjuán. Una cita en la que uno de los asuntos centrales fue precisamente la puesta en marcha de este mecanismo. La intención, en este sentido, es empezar a cobrar impagos tributarios en la ciudad durante la vigencia de la actual prórroga, antes del verano de 2021.

Un pequeño alivio en 2021

Si bien se ha conseguido ya cobrar más de siete millones de euros por infracciones de movilidad desde 2017, todavía no existe una previsión sobre cuánto podrá recaudar el consistorio cuando se amplíe la capacidad de actuación efectiva al resto de impuestos. Eso sí, se podrá reclamar impagos de hasta cuatro años atrás, pues es este el período de prescripción de los incumplimientos tributarios.

Independientemente de cómo resulte, el cobro de estos impagos constituirá un pequeño alivio para las cuentas del Ayuntamiento de València en 2021. El consistorio proyecta para el próximo ejercicio dejar de percibir unos 60 millones de euros por la merma de ingresos por transferencias corrientes del Estado y la Generalitat y por la caída de ingresos por impuestos con motivo de la crisis tras la pandemia de coronavirus.

Por ello, si finalmente acaba entrando dinero a las arcas locales de estos impagos, podrán aliviar, aunque en muy pequeña medida, las nada halagüeñas previsiones financieras. Máxime cuando el equipo de gobierno municipal de Compromís y PSPV ya ha avanzado que tiene la intención de congelar los impuestos para el próximo año, una postura también recogida en el acuerdo de reconstrucción suscrita por todo el hemiciclo municipal excepto Vox.

Más cobros a la espera: IBI a las casas vacías de bancos

Otro de los ingresos inesperados que puede tener el Ayuntamiento de València el próximo año tiene que ver con el IBI. Concretamente, con el IBI de las casas vacías de grandes tenedores de vivienda en la capital del Túria. El acuerdo de gobierno entre Compromís y PSPV recogía la intención de implantar un recargo de IBI a aquellas viviendas vacías de grandes propietarios -esto es, quienes ostenten la propiedad de más de 10 viviendas baldías-.

Un recargo que inicialmente se cifró entre el 15 y el 20% adicional, pero que finalmente en València será del 30%. Precisamente, las regulaciones fiscales de la ciudad ya contemplan esta herramienta para este año 2020. Sin embargo, no se puede aplicar todavía porque depende de una regulación autonómica, correspondiente a la Conselleria de Vivienda, de Rubén Martínez Dalmau.


Todo tiene que ver con la descripción de lo que es una vivienda vacía y con el registro de viviendas vacías de grandes tenedores. La Ley valenciana de función social de la vivienda aprobada en 2017 sí que describe este término. Así, se considera deshabitado un inmueble que no se destine de forma efectiva al uso residencial y que generalmente esté desocupado de forma continuada durante al menos dos años. También se podrán tener en cuenta otros indicios como datos del padrón municipal, el suministro y consumo de electricidad y agua, declaraciones tributarias o declaraciones de vecinos, entre otros.

No obstante, en la conselleria de Vivienda señalan que todavía es necesaria la aprobación de un reglamento autonómico en forma de decreto que desarrolle la cuestión y en el que ya se está trabajando, que contiene el llamado registro de vivienda vacía. Cuando éste salga adelante será el momento en el que el consistorio estará respaldado jurídicamente para aplicar el mencionado recargo. Sería de aplicación inmediata, dado que la normativa del Ayuntamiento ya lo recoge.

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