VALÈNCIA. El gobierno municipal de València aprobó en 2017 el nombramiento del letrado mayor del Ayuntamiento de manera indebida. Es la conclusión que se traduce de un reciente dictamen del Consell Jurídic Consultiu, según el cual el letrado mayor del consistorio, Carlos Rodas Laguardia, no pudo ser nombrado en este cargo "al no ostentar en propiedad la plaza" que ocupaba anteriormente y de manera temporal en la Asesoría Jurídica de la corporación municipal.
Así pues, el dictamen del CJC emitido el pasado 5 de mayo pone en cuestión el acuerdo del gobierno municipal, a instancias del abogado de la ciudad, mediante el que se le atribuyeron a Rodas las funciones de letrado mayor con un posible plus de 2.492 euros mensuales en concepto de productividad. Lo que podría considerarse un ascenso para quien, funcionario desde 1984, estaba adscrito temporalmente al servicio jurídico municipal desde 1989 y con carácter presuntamente definitivo desde 1991, cuando era alcaldesa la socialista Clementina Ródenas.
Pero es esto precisamente lo que viene a negar el organismo consultivo: tal nombramiento no era ni mucho menos definitivo, y por tanto su ascenso en 2017 no estaba permitido. Según explica el Consell Jurídic Consultiu, para ser nombrado letrado mayor es requisito imprescindible "no sólo ser funcionario de carrera sino también tener plaza en propiedad" en la Asesoría Jurídica. Circunstancia que, en este caso, no se daba.
Sobre ello, el dictamen explica que para adquirir una plaza con carácter definitivo "se debe realizar cualquiera de los procedimientos" previstos en la ley, pero su ratificación en 1991 se fundamentó en un articulado que "no altera el carácter temporal del puesto" sino que únicamente sustentaba su clasificación. Es más, insiste el Consell Jurídic Consultiu, antes de eso "no consta" que se hiciera "ningún concurso, ni oposición o concurso-oposición", sino que "directamente" se le nombró miembro del servicio jurídico.
El organismo va más allá y trae a colación una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que gira precisamente en torno a otro letrado de la Asesoría que fue nombrado al mismo tiempo que Rodas. Y el fallo defiende expresamente que "su nombramiento directo [...] no implica jurídicamente la integración definitiva como letrada sino, tan sólo [...], su pase de un sector a otro".
Es decir, que con tal nombramiento no adquiría "unos derechos tales como la total permanencia e inamovilidad". Una interpretación que es trasladable a este caso aunque no lo sean sus efectos jurídicos: "Esta interpretación imposibilita el nombramiento del letrado mayor al no tener la plaza en propiedad en la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de València", concluye el Jurídic.
Huelga recordar que el ascenso aprobado en 2017 se aprobó con algunas observaciones por la Intervención General del Ayuntamiento. En primer lugar, se trataba de una atribución de funciones temporal, y el órgano de fiscalización pedía que, en tanto temporal, debía fijarse una duración para el nombramiento, y que el Ayuntamiento debía iniciar "en el plazo más breve" la provisión de la plaza, cuya fecha límite eran los seis meses desde el nombramiento. Pero a fecha de hoy no se ha producido, según el consistorio, porque está en tramitación el Reglamento Orgánico que regulará el modo de provisión del puesto de trabajo.
Las conclusiones del dictamen no son ni mucho menos baladíes. La consulta realizada desde el Ayuntamiento de València se produce a raíz de que la Agencia Valenciana Antifraude abriera un expediente de investigación sobre este caso a principios de este año tras recibir una denuncia anónima. El organismo que dirige Joan Llinares considera que el escrito de denuncia tiene "indicios razonables de veracidad" y ahora el dictamen del CJC refuerza la investigación.
La denuncia anónima que originó las pesquisas, adelantada por Las Provincias en 2020, aseguraba expresamente que Rodas estaba nombrado temporalmente y no de manera definitiva en la Asesoría Municipal -lo que ahora confirma el CJC- y que no se presentó a ninguna de las dos oposiciones que por lo menos se habían convocado para proveer plazas de letrado.
Nombrado letrado mayor sin concurso y con carácter temporal en 2017, cuando se jubiló el anterior letrado mayor, Rodas ha estado prorrogando su permanencia en el puesto desde que en 2019 cumpliera la edad reglamentaria para su jubilación. Lo hizo en aquel momento, y luego en 2020. Este mes de mayo finaliza el segundo plazo anual.