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El Congreso da el visto bueno a la reforma del régimen jurídico de las cooperativas de crédito

11/07/2017 - 

VALÈNCIA (VP/EP). El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado este martes el decreto ley de medidas urgentes en materia financiera, cuyo objetivo es reformar el régimen jurídico de las cooperativas de crédito, con el que 60 entidades (cajas rurales y cajas profesionales) podrán crear mecanismos institucionales de protección y aumentar su resistencia, tal y contó este diario hace dos semanas.

El decreto ley ha recibido 266 votos a favor del PP, PSOE, Ciudadanos, PDeCAT, Foro Asturias, UPN, Coalición Canarias y Nueva Canarias, frente a los 71 votos en contra de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea y Compromís y las 12 abstenciones de ERC y EH Bildu. No obstante, se ha rechazado tramitarlo como proyecto de ley por la vía de urgencia, impidiendo así que los grupos puedan introducir enmiendas.

Durante su intervención en el debate, el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, ha asegurado que el sector financiero español "goza de buena salud", si bien ha advertido de que hay que seguir "atentos a sus necesidades", como la reforma del régimen jurídico de las cooperativas de crédito.

"Nuestro sector financiero goza de buena salud, y es causa y efecto de la vigorosa recuperación económica que está protagonizando España", ha destacado De Guindos, quien ha matizado que "eso no es óbice para que sigamos atentos a sus necesidades y avancemos en las reformas necesarias para garantizar su solvencia en el marco de la Unión Bancaria". En este sentido, ha subrayado la importancia del decreto encaminado a reforzar el régimen jurídico de las cooperativas de crédito para mejorar sus resistencias ante posibles riesgos.

De Guindos ha destacado que el sector supone el 6% del sistema crediticio y tiene una gran relevancia en la financiación de agentes económicos de menor tamaño del sector agrario, industrial y profesional, tales como pymes, autónomos o emprendedores. Con esta norma se favorecen los procesos que contribuyan al fortalecimiento y a aumentar la resistencia de estas entidades, en concreto, mediante la constitución de los denominados Mecanismos Institucionales de Protección (MIP).


Se completa, así, el ciclo de las reformas del sistema financiero que el Gobierno inició en 2012 y que han permitido al sector contribuir a la recuperación de la economía española, ha explicado. Asimismo, la norma reconoce a las cooperativas de crédito la posibilidad de constituir un MIP como mecanismo concebido para la mutua autoprotección.

El MIP podrá ser de dos tipos, reforzado y normativo. Los MIP reforzados mutualizan al 100% los beneficios y riesgos y cuentan con una entidad cabecera que dirige prácticamente la totalidad de las decisiones del grupo -tiene consideración de grupo consolidable-. Por su parte, los MIP normativos no tienen que mutualizar al 100% los beneficios y riesgos y se caracterizan por la constitución de un fondo de garantía privado financiado ex ante por las entidades miembros del grupo que se utilizará para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de las entidades que participan en el MIP.

Como incentivo, las entidades que integren un MIP podrán reducir los requerimientos mínimos de pasivos capaces de absorber pérdidas a efectos de una eventual resolución al contar con un perfil de riesgo menor. Asimismo, las cooperativas de crédito que formen parte de un MIP también podrán disminuir las aportaciones que deben realizar al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Adicionalmente, el Real Decreto-Ley prevé una serie de medidas para potenciar el buen funcionamiento de los MIP.

Fondo de garantía privado

Así, las operaciones desarrolladas por una cooperativa con las otras entidades integrantes del MIP del que forma parte no computarán a efectos del límite para las operaciones activas con terceros del 50% de los recursos totales, especificado en la Ley de Cooperativas de Crédito. Es decir, las cooperativas de un mismo MIP podrán tener mayores exposiciones entre sí no limitadas.

Además, el fondo de garantía privado tampoco tendrá límites a la hora de invertir en el capital de una de las cooperativas integrantes del MIP, lo que facilita el uso del fondo cuando una entidad participante lo necesite. Sin embargo, se deberá presentar al Banco de España, para su aprobación, un plan de actuación a efectos de garantizar la viabilidad que contenga medidas concretas dirigidas a permitir la desinversión en la cooperativa de crédito, en condiciones adecuadas para todas las entidades integrantes del MIP.

Por otra parte, el Gobierno también ha aprobado este viernes la emisión de un nuevo instrumento de deuda, denominada senior 'non-preferred, por lo que da por completado el ciclo de reformas del sistema financiero iniciado en 2012.

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