El juez entiende que no existe reproche penal en la operación por la que fue denunciado
VALÈNCIA. El juzgado de lo Penal número 8 de Valencia ha absuelto al cirujano Luis Senís de negligencia médica. Al profesional, protagonista de diversas polémicas como la difusión de vídeos sexuales grabados por él en los lavabos de un quirófano o su detención por tráfico de drogas en 2019, se le atribuía un supuesto delito de lesiones causadas por imprudencia profesional después de practicarle una intervención a una paciente que presentaba un cuadro grave de infección cervical submaxilar izquierda y del suelo de la boca, a la cual no le extirpó un cálculo detectado de unos dos centímetros.
En su escrito de acusación, la Fiscalía explicaba que, debido a ello, la situación de la mujer, de 69 años en ese momento, se fue agravando y precisó de una nueva operación, además de quedarle varias secuelas. La afectada relató en el juicio del pasado febrero que en 2015 empezó a tener dolor en la mandíbula y acudió a un médico al que ya conocía puesto que la intervino años atrás. Éste le recomendó y derivó a Senís, que le programó la operación en el hospital Virgen del Consuelo de Valencia en mayo de ese año. Después de darle el alta comenzó a tener "dolores muy fuertes, insoportables", por lo que acudió de nuevo al doctor y volvió a ingresar en el hospital tal como le indicó él. "Me dijo que era por una inflamación y que me iba a poner antibiótico. Nunca me comunicó que fuera grave", señaló.
Le dieron una vez más el alta, pero las molestias siguieron en aumento, así que recurrió al primer doctor al que visitó. "Fue él quien me dijo que me habían dejado el cálculo y una parte de la glándula y que había que volver a intervenir", indicó. Así ocurrió en julio, después de lo cual, aseguró, mejoró. "Poco a poco se me fue yendo el dolor, pero he tenido muchas secuelas: lengua torcida, boca dormida, me quitaron dientes, no puedo comer bien... también estuve en tratamiento por depresión", comentó. Ese mismo mes decidió interponer la denuncia.
Durante su declaración en el juicio, el doctor Senís explicó que lo que ocurrió es que cuando abrió para intervenir a la mujer encontró un campo quirúrgico mucho más complicado de lo que preveía debido a la infección que la paciente presentaba. Motivo por el que la operación adquirió una gran dificultad y, para evitar lesiones, decidió pararla y cerrar. Lo hizo, comentó, consciente de que le dejaba el cálculo que había de extirparle.
Lo sucedido se lo comunicó, dijo, al marido, aunque no a ella directamente. Expuso, igualmente, que la mujer estuvo bien las primeras semanas, pero posteriormente empezó con una infección, por lo que fue ingresada, tratada y seguida por él mismo, que fue a verla al hospital.
En la sentencia, el juez admite como hecho probado que Senís, cuya defensa ejerce el abogado Andrés Zapata, era perfectamente conocedor de la existencia del segundo cálculo puesto que realizó las pruebas pertinentes en su consulta y no lo extirpó de forma voluntaria. Información que trasladó al marido de la paciente "confiando en una futura absorción del cálculo".
El magistrado sostiene que el acusado planteó la intervención quirúrgica "de una forma diligente, recabando pruebas diagnósticas, así como pruebas preoperatorias, dirigidas a evitar eventuales complicaciones". También que "revisó a la paciente tras la operación regularmente durante un mes, prescribió pruebas diagnósticas para ver su evolución y acudió al Hospital Virgen del Consuelo con regularidad a visitar a su paciente en el segundo ingreso, no desprendiéndose del historial clínico un empeoramiento de su situación durante esa semana".
Motivos por los que, en su opinión, "no cabe plantear de ninguna forma un abandono" de la mujer y "únicamente puede reprocharse la utilización de un modelo de consentimiento informado distinto del necesario para la intervención". En este contexto, señala que no se puede obviar que la intervención del 16 de mayo de 2015, aparentemente sencilla, duró unas cinco horas, ante lo que los testigos-peritos que declararon en el juicio "no aclararon si esa duración era excesiva en una operación de esas características sin incidencias".
Debido a las "dudas sobre la existencia de un campo quirúrgico complejo con riesgo vital para la paciente", éstas deben resolverse, indica, en favor del acusado, considerándolo igualmente probado. De este modo, no aprecia una actuación negligente en el cirujano, puesto que decidió "no continuar con la intervención para evitar problemas neurológicos por el riesgo más que probable de seccionar un nervio ante la confusión existente en el campo quirúrgico". A lo que se le añaden las "eventuales complicaciones respiratorias ante la congestión de la paciente tras varias horas de operación, siendo intervenida por acceso cervical y el riesgo de verse en la necesidad de practicar una traqueotomía de urgencia en el quirófano".
El cirujano, argumenta la sentencia, "confió en una futura reabsorción del cálculo, información que transmitió al marido de la paciente, no evolucionando desgraciadamente la paciente de la forma deseada hasta tal punto de que se practicó una segunda intervención para extirpar el cálculo el 22 de julio por otro profesional". Sin embargo, estos hechos no pueden ser reprochables penalmente, a juicio del magistrado, a Senís. Ni tampoco, añade, "las eventuales complicaciones que pudo padecer la mujer un mes más tarde de la intervención con la ligera paresia en el nervio marginal izquierdo". Por todo ello no detecta mala praxis.
En la causa también figuraban la Agrupación Mutual Aseguradora (AMA), cuya defensa ejerció Emilio Pérez Mora, y el hospital Virgen del Consuelo como responsables civiles subsidiarios puesto que Senís había suscrito con ambos un contrato de seguro de responsabilidad. Junto al letrado de Senís, todos pidieron la libre absolución de sus clientes.