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EN 2012

El PP amplió el contrato del Hospital de Manises con varios informes en contra

21/01/2017 - 

VALENCIA. El Partido Popular (PP) amplió el contrato de concesión del Área de Salud de Manises a pesar de tener varios informes en contra. Así consta en el borrador de la auditoría operativa sobre el Área de Salud de Manises realizado por la Sindicatura de Comptes, informe que se publicará en las próximas semanas tras incorporar las alegaciones de Sanidad y de la empresa concesionaria. 

Esta decisión fue firmada en 2010, por el exconseller de Sanitat Manuel Cervera, quien aprobó la modificación del Mapa Sanitario de la Comunitat Valenciana, adscribiendo la Zona Básica de Salud de Mislata al departamento de Salud de Manises.

La reforma del contrato que no se firmó hasta 2012 al incorporar al área de salud una población de 43.626 habitantes, un 29% más que la original, con el consiguiente aumento de ingresos que recibe de la Generalitat. 

Esta modificación contractual ya fue fiscalizada por la Sindicatura de Comptes, y en el informe correspondiente se hizo constar la disconformidad del Consell Jurídic Consultiu (CJC) sobre la propuesta de modificación de contrato.

Sobre la propuesta inicial de la modificación fue emitido un informe por la Viceintervención General para la Administración Sanitaria, en fecha 17 de junio de 2010, que fue también de disconformidad por la falta de crédito suficiente y adecuado.

La fiscalización previa por parte de la Intervención Delegada no llegó hasta casi dos años después, el 21 demarzo de 2012, y fue de conformidad a la propuesta de modificación con la observación de que se determinase la procedencia de solicitar un nuevo informe al CJC. También lo supervisó la Abogacía de la Generalitat, que pidió es mismo año un nuevo informe del Consell Jurídic Consultiu, pero este informe que nunca se realizó al no enviarse de nuevo el expediente.

Según explica la Sindicatura en su informe provisional, el problema es que la ley indica que es necesario poner límites a las posibilidades de modificación de los contratos, ya que al ser celebrados por licitación pública, la solución que presenta la adjudicación para el adjudicatario en cuanto a precio y demás condiciones no puede ser alterada sustancialmente por vía de modificación consensuada. 

Obstáculo a la libre concurrencia

"Esto supone un obstáculo a los principios de libre concurrencia y buena fe que deben presidir la contratación de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que los licitadores distintos del adjudicatario podían haber modificado sus proposiciones si hubieran sido conocedores de la modificación que ahora se produce”, señala la sindicatura.

Pero va más allá, y señala que esta modificación contractual derivó en nuevos derechos económicos a favor del concesionario que, a priori, no han conllevado las mismas obligaciones que sustentaban el equilibrio financiero del contrato inicial, además de cederle más instalaciones del antiguo Hospital Militar, ubicado en Mislata.

Dos años en el limbo

A pesar de que la asistencia sanitaria empezó a prestarse con carácter efectivo desde marzo de 2010, no fue hasta el 22 de marzo de 2012 cuando la directora gerente de la extinta Agencia Valenciana de Turismo dictó una resolución que aprobaba la modificación del contrato suscrito, formalizándose el 28 de marzo de 2012. Por lo tanto, durante un tiempo de dos años, se realizó la prestación sanitaria al área de Mislata "sin el adecuado soporte contractual". 

La Sindicatura de Comptes analiza también el contrato inicial entre la Conselleria la concesionaria y afirma que "no se puede garantizar que el presupuesto del contrato de concesión, que se convierte en su precio según la oferta seleccionada, se haya elaborado con arreglo a un sistema que sea el más adecuado para valorar en términos económicos las prestaciones objeto del contrato".

Por ello, afirma: "Esta Sindicatura cuestiona el hecho que el procedimiento o sistema utilizado para fijar la prima inicial haya consistido en equiparar las condiciones económicas a las del resto de contratos de concesión similares vigentes en el momento de la formalización, obviando en su determinación el plazo de la concesión, el plazo de ejecución de las obras y el resto de obligaciones asumidas por el contratista, en particular el volumen de la inversión comprometida, las prestaciones sanitarias incluidas y las características de la población protegida".

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