VALÈNCIA. El proceso de reapertura de radiotelevisión valenciana ha estado plagado de obstáculos desde sus inicios: una posible sucesión de empresas o artículos de la nueva ley que podrían toparse con un recurso en el Tribunal Constitucional son algunos de ellos.
Si el pasado mes de enero el juicio en la Audiencia Nacional por el ERE de RTVV amenazaba la puesta en marcha de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), aunque la sentencia -a falta de ratificación o no por el Supremo- dejaba la mejor de las situaciones para continuar el proceso al declarar que el ERE fue ajustado a derecho, ahora un nuevo frente se abre contra la Generalitat en los tribunales.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación de tres extrabajadores de Canal 9 que solicitaron a la Presidencia del Gobierno valenciano ser considerados "a todos los efectos empleados públicos de la Generalitat Valenciana, así como el reconocimiento del derecho a ser adscrito a la plantilla de empleados públicos" de la Administración. La petición fue desestimada en febrero de 2015.
Ante esta situación, los afectados interpusieron un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La tesis que esgrimían los extrabajadores, según el abogado José Luis Espinosa, se basaba en que habían accedido a sus puestos de trabajo superando una convocatoria pública en 1989 que contaba con pruebas idénticas a las tiene un concurso-oposición.
De esta manera, acogiéndose a la "protección de los derechos fundamentales" y al artículo 14 y 23.2 de la Constitución Española, pedían que se reconociera el "derecho a la igualdad y acceso a la función pública en condiciones de igualdad". Sin embargo, en marzo de 2016 el tribunal dictó una sentencia desfavorable a sus intereses.
Los afectados decidieron entonces elevar la causa e interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por "infringir las normas del ordenamiento jurídico". Un caso que ya ha sido admitido a trámite por la Sala de lo Contencioso-administrativo de este tribunal.
La tesis que sostiene el recurso de casación al que ha tenido acceso Valencia Plaza es que estos extrabajadores "son empleados públicos con unas características específicas que permiten compararles a los funcionarios de carrera" y que han visto vulnerado sus derechos constitucionales por el cierre del ente y, particularmente, porque "no les asiste el derecho de inamovilidad del puesto".
El escrito rebate cada uno de los argumentos que empleó el TSJCV para desestimar la causa basándose en una razón principal: la similitud entre unas oposiciones y el "proceso público de selección" que superaron los interesados en 1989, cuando la Generalitat convocó las pruebas selectivas publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
"La convocatoria contenía requisitos idénticos a los exigidos a los funcionarios" señala el texto. Y cita algunas de las cláusulas: "No hallarse inhabilitado penalmente para el ejercicio de funciones o empleos en el sector público, no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier empleo en el sector público, el establecimiento de una tasa por derechos de examen, la designación de un tribunal calificador regulado por los órganos colegiados...".
Además, el recurso hace especial hincapié en que el Supremo no soslaye que los interesados pasaron tal prueba: dos ejercicios eliminatorios como en una oposición -primero un examen teórico y más tarde una prueba práctica-. Una cuestión que, señala, el TSJCV no contempló y que supone "la esencia de la pretensión ejercida" por los demandantes.
Por otra parte, el recurso reitera que los afectados "no solicitaron que se les reconociera una relación funcionarial", sino que admitiesen como empleados públicos. Y añade que, si no se considera a estos extrabajadores de Radio Televisión Valenciana como tal, significaría que "eran trabajadores del sector privado, lo cual carece de sentido", pues el carácter público de RTVV "es indiscutible" por diversas razones.
En primer lugar, porque la sociedad está constituida con "capital íntegramente" aportado por la Administración. Y en adelante, porque "ha dependido siempre de la Conselleria de Presidencia" y el Estatuto de Radiotelevisión Valenciana "estableció que al personal adscrito a RTVV les sería de aplicación las previsiones del Estatuto Básico del Empleado Público".
En estos momentos, según los abogados de estos extrabajadores, la Generalitat ya ha recibido "el emplazamiento para oponerse". De prosperar la causa, se abriría una nueva vía para que todos aquellos que accedieron al ente en la prueba selectiva de 1989 solicitasen el reconocimiento de empleado público y fuesen adscritos a la plantilla de empleados públicos de la Generalitat. Otro capítulo en la historia de RTVV para el Ejecutivo de Ximo Puig.