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El Supremo ratifica el derecho de una auxiliar de inglés a cobrar como maestra y no como becaria

18/02/2018 - 

VALÈNCIA (EP). El Tribunal Supremo ha confirmado que una mujer que trabajó como 'english helper' -los auxiliares la asignatura de inglés que contrató el anterior Consell del PP- cobrará 6.819 euros más intereses de demora al considerar que debería haber percibido un salario equivalente al de una maestra y no al de una becaria.

El alto tribunal ha decidido desestimar el recurso que interpuso la Generalitat Valenciana contra una resolución de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valencian(TSJCV) que condenaba a la Conselleria de Educación a pagar dicha cantidad a la auxiliar. La Abogacía basó su recurso en que no había pruebas de que la demandante hubiera realizado todas las tareas propias del cuerpo de maestros y en la unificación de doctrina, ya que existía una primera sentencia de instancia, de un juzgado de lo social, que no reconocía su derecho a cobrar como tal.

Sin embargo, ahora el Supremo, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, razona que "no concurre el requisito de contradicción porque hay diferencias fácticas que explican fallos distintos, sin que ello suponga la existencia de doctrinas contradictorias".

Y hace notar que en la sentencia recurrida no consta probado que la trabajadora realizara todas y cada una de las tareas propias de la categoría de maestros de lengua extranjera (no lo ha probado la trabajadora), aunque tampoco consta lo contrario (no ha probado la Generalitat Valenciana) y (..) el cometido funcional genérico desarrollado por la trabajadora es el de maestra de lengua extranjera.

El procedimiento se remonta a la petición que realizó esta mujer, representada por los letrados Javier Coto Hevia y Vicente Albert Embuena, para que le pagaran la diferencia entre el dinero que percibió realmente en concepto de beca --1.000 euros brutos al mes-- y lo que le hubiera correspondido de acuerdo a la base de cotización de un maestro, 1.852,41 euros mensuales.

En total, la docente reclamaba 6.819,28 euros por el trabajo que realizó en tres centros escolares asignados por la Conselleria de Educación entre el 1 de octubre de 2012 al 31 de mayo de 2013. Cabe recordar que, en 2015, los tribunales dictaminaron que los 'english helpers' contratados para hacer prácticas tuvieron, de hecho, una relación laboral con la Generalitat.

En un primer momento, un juzgado rechazó la petición de la auxiliar de inglés pero ella interpuso un recurso que fue admitido por el TSJCV, que dictó una sentencia que ahora ratifica y declara firme el Tribunal Supremo, que, además, condena en costas a la administración.

"Enmascarar la prestación de servicio"

Esa resolución consideraba que, "dado que la naturaleza de la prestación del servicio no puede dudarse fue laboral, por tal prestación de servicios la recurrente tiene derecho a percibir la retribución que le hubiera correspondido si, en lugar de enmascarar tal prestación de servicios laboral en el marco de una relación de beca, la demandada hubiera dado de alta en la Seguridad Social y hubiera cotizado por ella".

"El hecho de si la demandante tenía o no la titulación para desempeñar el puesto de maestro en Lengua Extranjera -prosigue-, extremo en el que incide la sentencia de instancia, podría tener repercusión en el caso de encontrarnos ante un proceso de reclasificación pero no desde luego en este, en el que se reclaman diferencias retributivas por la prestación de servicios laboral como maestro de Lengua Extranjera".

Desde la defensa de la mujer han hecho notar la importancia de la decisión judicial y los efectos que puede conllevar en cuanto a, por ejemplo, el reconocimiento de la antigüedad en bolsas de trabajo.

Asimismo, han comentado que su representada puede ser el primer caso que perciba esta indemnización pero han agregado que la inmensa mayoría de los 'english helpers' se quedarán sin cobrar al no haber tomado ninguna medida legal que interrumpiera el plazo de prescripción.

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