El Alto Tribunal deber dirimir este miércoles el conflicto de competencias entre la Audiencia Nacional y el TSJ valenciano
VALENCIA. El Tribunal Supremo votará a lo largo de esta mañana, salvo cambios de última hora, el recurso sobre la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en la pieza separada de Gürtel que afecta a la visita del Papa Benedicto XVI en 2006.
En dicha causa están imputados, entre otros, el expresidente de las Corts Juan Cotino, los exdiputados populares Ricardo Costa y Yolanda García y el exdirector general de Radiotelevisión Valenciana Pedro García, todos ellos por su presunta implicación en la adjudicación de contratos irregulares a la trama de Francisco Correa con motivo de la organización de la visita del Papa.
La votación se debe al recurso presentado por la Fiscalía Anticorrupción a raíz de la decisión de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, que en un primer momento decidió devolver la causa al juzgado central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional al no haber ya aforados, tras las renuncias de los exdiputados populares Ricardo Costa y Yolanda García. Aunque tras esa primera decisión, la Sala de lo Civil y Penal decidió autorizar al juez instructor de Valencia, José Ceres, a seguir con la instrucción mientras no se pronunciara el Tribunal Supremo.
Según fuentes cercanas a la investigación, lo más probable es que el TS devuelva la causa a la Audiencia Nacional, lo que acarrearía un retraso de meses en la instrucción que ya está prácticamente terminada en Valencia, puesto que el nuevo magistrado debería leerse todos los tomos para terminar la instrucción. La línea sobre cuándo debe volver o no una causa a otro juzgado por un tema de competencias está situada, de momento, en la existencia de un auto de apertura de juicio oral, tal y como sucedió con la pieza de Fitur. En este caso no se ha hecho aún ni el auto de procesamiento.
La decisión del Supremo puede suponer un fuerte revés para la Fiscalía, ya que los abogados podrían solicitar reducciones en las penas por lo que se conoce como "dilaciones indebidas".