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La magistrada admite las alegaciones de la Abogacía de la Generalitat y desestima la de las defensas 

El Tribunal de Cuentas proseguirá con el procedimiento contra Trini Miró y Lola Johnson por la F1

22/02/2018 - 

VALÈNCIA. El Tribunal de Cuentas ha decidido seguir adelante con el procedimiento contra las exconselleras Trini Miró y Lola Johnson y cuatro exdirectivos de la empresa pública Circuito del Motor y Promoción Deportiva (CMPD) –José Miguel Escrig, Julio García Gimeno, Blanca Tomás Carbó y Luis Lobón– tras desestimar las alegaciones presentadas por las defensas en la audiencia previa.

La causa, que había quedado en suspenso por esas alegaciones, se abrió tras una denuncia de Mónica Oltra cuando era diputada en la que se les reclama el reintegro de hasta 24 millones de euros por presuntas responsabilidades contables derivadas de la compra de la empresa privada Valmor Sports.

En su día, las defensas alegaron que para poder demandar era obligatorio estar legitimado para ello, y que la Abogacía de la Generalitat no lo está, por lo que se podría considerar un defecto de forma.

Sin embargo, en un auto emitido el pasado 14 de febrero la magistrada explica que, respecto a la autorización para ejercer acciones en nombre de la Generalitat Valenciana, "se ha aportado en la audiencia previa una autorización firmada por el subsecretario de la Conselleria de Educación, por delegación del conseller fechada en 23 de enero de 2018 que los demandantes han cuestionado por falta de competencia, por estar firmada por el subsecretario y por ser de fecha posterior a la demanda".

Respecto de la competencia, dice que en este caso "se trata de acciones basadas en daños causados a los fondos públicos de una sociedad mercantil pública dependiente de la Conselleria de Deportes. Así resulta de los estatutos del CMPD que establece que depende de la Conselleria de Bienestar Social, que era quien en aquellas fechas tenía atribuidas las competencias, que actualmente dependen de Educación. Teniendo en cuenta esta relación de dependencia, no cabe considerar que la decisión de entablar dichas acciones sea ajena a las competencias por razón de la materia de dicha Conselleria".

Por lo que se refiere al carácter delegable de las competencias que se atribuyen a los conseller, el auto afirma que la actuación derivada "ha de considerarse válida en cuanto que no se anulada por los tribunales competentes. En cualquier caso, la competencia para autorizar el ejercicio de acciones, no encaja en ninguno de los supuestos de imposibilidad previstos en el régimen jurídico del sector público".

Finalmente, por lo que se refiere a la fecha del acuerdo, la magistrada dice que “el hecho de que sea posterior a la demanda no impide que el acuerdo deba ser considerado suficiente a los efectos de cumplir el requisito establecido en la ley”, y concluye diciendo que el abogado de la Generalitat “cuenta con la autorización del órgano competente”.

24 millones de euros

El procedimiento abierto por el Tribunal de Cuentas es paralelo e independiente del que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia, conocido como caso Valmor, en el que están imputados el expresidente del Consell Francisco Camps, la exconsellera Lola Johnson y el expiloto y empresario Jorge Martínez 'Aspar'.

El procedimiento abierto por el Tribunal de Cuentas no busca juzgar los hechos desde el punto de vista penal, ya que eso corresponde a los tribunales de justicia. Se trata de un procedimiento de reintegro por alcance en el que se exige a los responsables de una negligencia que reparen el daño causado.

A Lola Johnson y a los cuatro exdirectivos les reclama solidariamente 23,99 millones como responsables de la compra de Valmor Sports por parte de CMPD, operación que causó un agujero de esa magnitud en las arcas de la Generalitat. En esta primera reclamación la Abogacía no incluye a Trini Miró porque no participó en la compra.

Subsidiariamente, si el Tribunal de Cuentas desestima la primera petición, la Generalitat y CMPD reclaman 14,66 millones de euros a los cinco citados anteriormente más a la exconsellera Miró, también de manera solidaria, es decir, que la ejecución podría dirigirse contra cualquiera de ellos o contra todos.

Esta segunda petición se basa en el perjuicio causado a la sociedad CMPD antes de la compra de Valmor al no haber reclamado a esta empresa la deuda que había ido acumulando a medida que se celebraban las ediciones del Gran Premio de Fórmula 1 en València.

CMPD encargó a Valmor Sports la organización de los grandes premios de F1 acordados por Francisco Camps y Bernie Ecclestone en plena campaña electoral de mayo de 2007. La carrera anual empezó a disputarse en 2008 y fue una sangría para la Generalitat, que se hizo cargo de la mayoría de los gastos a pesar de que Camps había dicho que no costaría ni un euro a los valencianos.

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