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El TSJCV confirma la nulidad del despido de un trabajador del IIS La Fe por denunciar irregularidades

9/04/2019 - 

VALÈNCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha confirmado la nulidad del despido de un trabajador de la Fundación del Instituto de Investigación La Fe que estaba protegido por la Agencia Valenciana Antifraude por denunciar irregularidades cometidas en el seno de la fundación, entidad del sector público de la Generalitat.

En una sentencia del 2 de abril, la Sala de lo Social del TSJ valenciano desestima el recurso de suplicación presentado por la Fundación contra la sentencia del 17 de septiembre de 2018 del Juzgado de lo Social número 10 de València, según ha informado Antifraude.

De esta manera, confirma la validez de la resolución recurrida y, por tanto, la nulidad del despido, el pago de los salarios de tramitación y una indemnización adicional por daños y perjuicios, e impone el abono de las costas causadas al instituto.

La sentencia del TSJCV comparte los razonamientos expuestos por el Juzgado de lo Social en relación a que se amoldan a la doctrina constitucional y ordinaria sobre vulneración del derecho fundamental a la indemnidad (tutela judicial efectiva) y el traslado de la carga de la prueba al Instituto que no ha acreditado la existencia de la falta muy grave a la que aparejó el despido del trabajador.

El trabajador fue represaliado por el Instituto con el despido por formular denuncias y/o ejercitar acciones sobre irregularidades cometidas en el seno de la Fundación, que afectan al interés público y realizadas en cumplimiento de un deber cívico y/o legal, por lo que el despido es "discriminatorio" y por consiguiente "nulo", según las fuentes.

Concreta la sentencia que el despido fue impuesto al trabajador como consecuencia de los correos enviados a la Fundación que denunciaban graves irregularidades, que fueron posteriormente comunicadas a la Fiscalía.

Se da la circunstancia de que el pasado mes de julio la Agencia Valenciana Antifraude otorgó a dicho trabajador el estatuto de protección de persona denunciante, al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de creación de esta Agencia.

La protección consiste en velar para que estas personas no sufran, durante la investigación ni después de ella, ningún tipo de aislamiento, persecución o empeoramiento de sus condiciones laborales o profesionales, ni ningún tipo de medida que implique cualquier forma de perjuicio o discriminación.

No obstante, tras la sentencia de instancia que decretaba la readmisión del trabajador, la Fundación se negó a su incorporación, por lo que la Agencia tuvo que remitirle un requerimiento con advertencia de apertura de procedimiento sancionador por incumplimiento de las medidas de protección del denunciante.

El requerimiento dirigido a la Fundación fue atendido y el trabajador se incorporó a su puesto, sin embargo la Fundación continuó incumpliendo lo ordenado por la Antifraude, pues sin autorización específica que conste de la Abogacía General de la Generalitat ni justificación alguna en relación con el fondo del asunto, había mantenido el pleito ante el Tribunal Superior de Justicia, destinando a tal fin recursos del erario público que debían haber sido dirigidos a la satisfacción de intereses generales.

La Fundación del Instituto de Investigación La Fe es una entidad del sector público de la Generalitat, adscrita a la Conselleria de Sanidad, cuyo asesoramiento jurídico corresponde a la Abogacía General de la Generalitat y su fiscalización a la Intervención General. 

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