VALÈNCIA. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desestimado la querella presentada por la exdirigente de Vox en la provincia de Valencia Cristina Seguí contra la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra. El TSJCV se ha declarado competente para estudiarla al estar aforada, pero la ha rechazado porque no se aporta "ningún indicio objetivo" de que "pudiera haber dado orden a cualquiera de los restantes querellados", no aforados, "para que llevasen a cabo actuaciones tendentes a proteger" a su exmarido Luis Ramírez (condenado a cinco años de cárcel por abusar sexualmente de una menor en un centro de acogida).
La Sala entiende que no se cuenta más que "con la sospecha" de que todas las personas a las que se refiere el escrito (un total de ocho) "están vinculadas a la Conselleria" que preside la vicepresidenta de la Generalitat "y que el afectado fue en su momento su pareja". Esta circunstancia haría preciso, bajo su punto de vista, que antes de investigarla a ella se realizara una instrucción previa más profunda dirigida a determinar la responsabilidad de cada uno de los cargos del departamento, si obedecieron órdenes o si actuaron de motu propio.
Algo que, indican los magistrados, tendría que desarrollarse en un juzgado de Instrucción ordinario, para que éste expusiera al TSJCV los elementos concretos que habrían de dirigirse contra Oltra, que es la persona aforada. Motivo por el que, comentan, la querella se puede interponer en estos juzgados.
En la resolución, cita la jurisprudencia del Tribunal Supremo y subraya las diferencias entre esta querella y un auto del TSJCV relativo al llamado 'Caso Valmor', que citaba el abogado de la propia Seguí, que también ejerce la defensa de Francisco Camps. En ese caso, argumentan, "no se inicia la investigación de cero, sino que parte de unos indicios puestos de manifiesto por una investigación previa (...) basados en una documentación pública".
La querella venía derivada de la sentencia condenatoria al exmarido de Oltra, en la que la Audiencia de Valencia, además de considerar probado el delito, valoró de manera muy dura la actuación de la Conselleria. En su opinión, desde el departamento no se protegió debidamente a la víctima y se realizó una "instrucción paralela" a la que ya se encontraba en vía judicial. Además, criticaba que en los informes encargados por Igualdad se vislumbraba una "hostilidad y absoluta falta de empatía" hacia la menor al concluir que su relato no era creíble o que existía una "inicial percepción (consigna en realidad) de que la menor es una niña problemática, mentirosa e incluso violenta".
A raíz de esta resolución, Cristina Seguí –en calidad de acusación popular como presidenta de la asociación Gobierna-te– presentó la mencionada querella, que posteriormente fue ampliada para introducir la reciente comparecencia de Oltra en Les Corts Valencianes. En la intervención en el Parlamento autonómico aseguró que se enteró por primera vez de lo ocurrido el 4 de agosto, una vez iniciada la investigación judicial y con un expediente abierto en la dirección territorial de su departamento. También que se pidió entonces al Instituto Espill valoración y atención a la víctima, lo cual propició poco tiempo después el informe que no dio credibilidad al testimonio.
Los delitos que le atribuían a ella y a otras ocho personas entre cargos y trabajadoras de la Conselleria eran los siguientes: delito contra la integridad moral con la víctima como sujeto pasivo por un "trato institucional degradante"; encubrimiento y obstrucción a la justicia por la "apertura de un expediente parajudicial extemporáneo" para "sustraer al marido de la consellera de la acción de la justicia"; prevaricación por la "toma de decisiones injustas a sabiendas" de ello; y malversación de caudales públicos por el "perjuicio sufrido por el patrimonio público derivado de la existencia del expediente parajudicial instruido contra la menor y de los medios empleados para el mismo".
La querellante consideraba que la Conselleria "dispuso injusta e ilegalmente de medios y acciones conducentes a desacreditar a la menor con la pretensión de minar su credibilidad y ridiculizarla, con el objetivo de vaciar de contenido sus manifestaciones y denuncias contra" el exmarido de Oltra. Igualmente, acusaba a esta última de "obstruir la labor de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en su obligación de actuar de oficio ante el conocimiento de la posible comisión de un delito, en este caso de abuso sexual a una menor tutelada".
La defensa de Seguí, ejercida por el despacho Delgado Abogados, presentó posteriormente un escrito en el que solicitaba la admisión a trámite de la querella en base a la doctrina del TSJCV respecto a otra situación similar en la que sí decidió investigar: la relativa al caso de la Fórmula-1, en la que figuraba el también cliente Francisco Camps, expresidente de la Generalitat. Según la argumentación de entonces, se han de dar dos supuestos. De un lado, la individualización de la conducta concreta que respecto al aforado pudiera ser constitutiva de delito. De otro, la presencia de algún indicio o principio de prueba que pudiera servir de apoyo a tal imputación. La defensa creía que ambos existen en este caso, pero ahora el Tribunal Superior de Justicia responde que no.
Según ha comunicado Seguí, presentarán recurso contra esta resolución y también iniciarán un procedimiento por la vía del juzgado ordinario.