VALÈNCIA. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por Pablo Crespo y Álvaro Pérez contra la prisión provisional que acordó la Sala tras ser condenados a 13 años y 3 meses de prisión y 12 años y tres meses de prisión.
El Tribunal les consideró culpables de los delitos de asociación ilícita, tráfico de influencias, malversación, falsedad y cohecho en el caso Gürtel por las adjudicaciones irregulares de la Generalitat Valenciana al grupo Correa para el montaje del expositor de la Comunidad en Fitur en las ediciones de 2005 a 2009.
Tras la sentencia, la Sala de lo Civil y Penal acordó prisión provisional comunicada y sin fianza para los dos condenados, sin esperar a que el Supremo resuelva los recursos interpuestos. El Tribunal tomó esta decisión conforme al criterio de la Fiscalía Anticorrupción, al apreciar riesgo de fuga por la gravedad de las condenas y por los otros procedimientos en los que están incursos.
Los magistrados consideran que persisten los motivos por los que se acordó la prisión provisional en febrero y rechazan la comparación que Crespo y Pérez hacen de su situación con la de otros condenados en casos mediáticos como Iñaki Urdangarín en el “caso Noos”, Rodrigo Rato y Miguel Blesa en el caso de las tarjetas black o el conocido como Madoff español.
La Audiencia Nacional no ve ningún delito en la actuación del expresidente de la Generalitat respecto a las adjudicaciones y contrataciones con la trama; la sentencia absuelve a Alicia de Miguel, Manuel Cervera, Luis Rosado y David Serra, aunque condena a varios cargos del Consell