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Rechaza el recurso de reposición de la Conselleria, que contempla recurrir en casación  

El TSJCV ratifica la suspensión cautelar de las instrucciones de Educación sobre las plantillas docentes

15/10/2024 - 

VALÈNCIA (EP). La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha emitido dos autos que confirman la suspensión cautelar de la denuncia presentada por la Generalitat Valenciana sobre los acuerdos firmados en junio de 2023 con los sindicatos en la Mesa Sectorial de Educación, durante el anterior gobierno del Botànic, así como de las instrucciones aprobadas este junio para la definición de las plantillas de profesorado en los centros educativos.

La sala desestima los recursos de reposición presentados por la Generalitat contra las resoluciones que accedían a la medida cautelar solicitada por los sindicatos CCOO PV y STEPV. Ahora cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación.

Los magistrados insisten en que existe un claro 'periculum in mora', es decir, el daño jurídico que podría derivarse del retraso en una resolución definitiva, y la posible pérdida de la finalidad legítima de los recursos de los sindicatos si no se accediera a la suspensión, según el TSJCV.

La Generalitat alegaba que en la resolución no se había considerado el periculum in mora ni los intereses en conflicto, pero la sala rechaza este argumento. Señala que la alternativa que propone Educación —la no aplicación de los acuerdos del Consell— hace evidente el periculum in mora, especialmente ahora que ha comenzado el curso 2024/2025. Además, recalca que el interés público no impide la adopción de la medida cautelar, ya que este se mantiene protegido por la aplicación de la normativa vigente.

Asimismo, añade que los inconvenientes que la administración informa "además de no ser unívocos en su repercusión negativa sobre los integrantes de la comunidad educativa, sino más bien bifrontes en la eventual ventaja o desventaja que presentan en comparación con la alternativa de mantener la eficacia de las instrucciones impugnadas, no nacen como es obvio del auto que acoge la medida cautelar, en tanto esta se limita directamente a suspender la vigencia de las instrucciones recurridas y solo mediatamente a mantener unos acuerdos, los del Consell de ratificación de los acuerdos suscritos entre la Conselleria de Educación y las organizaciones sindicales de la mesa sectorial, a los cuales, como es obvio, no deben ser ajenos los intereses públicos y de terceros cuya tutela la administración recurrente en reposición esgrime".

La decisión cautelar adoptada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJCV afecta a las plantillas de profesores de las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, ESO, Bachillerato, Formación Profesional, Educación Especial y Educación de Personas Adultas.

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