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El TSJCV reconoce el derecho de CSIF para impugnar el decreto de plurilingüismo 

11/05/2017 - 

VALÈNCIA, (EP). El sindicato CSIF ha destacado este jueves que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado un auto en el que reconoce la "legitimación" de la central sindical para recurrir el Decreto de Plurilingüismo de la Generalitat. El alto tribunal desestima, de esta manera, la causa de inadmisibilidad presentada por el Gobierno valenciano para evitar que prosperara el recurso, según ha informado el sindicato en un comunicado.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) ha explicado que interpuso recurso contencioso-administrativo, el 14 de febrero, contra el decreto del Consell por "vulneración del derecho a la igualdad" y por el "trato discriminatorio" para aquellos centros que apuesten por el nivel básico, cuyos alumnos no obtendrán certificación en inglés.

El sindicato ha detallado que el 15 de marzo el TSJCV admitió a trámite el recurso. Posteriormente, el 11 de abril la Generalitat presentó una causa de inadmisión, en la que alegaba "inadmisibilidad del recurso por falta de legitimación del sindicato recurrente al no existir un vínculo concreto entre los fines del sindicato y el objeto del debate".

CSI·F presentó sus alegaciones ante esta petición y ahora el Tribunal Superior valenciano ha acordado desestimar la solicitud de inadmisión. En su auto, la sala de lo contencioso-administrativo, sección cuarta, entiende que "el sindicato recurrente sí está legitimado, pues tiene interés legítimo". El tribunal apela a los fines del sindicato, como "defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos, sin exigir particularización alguna en cuanto a afiliados".

El TSJCV apunta que el artículo 19.1 a) de la actual Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa "habla ya de derecho o interés legítimo, siendo reforzado por el apartado b) al hablar ya de los sindicatos que estén legalmente habilitados para la defensa de los derechos e intereses legítimos colectivos". El tribunal desestima, con su auto, "la inadmisibilidad alegada por la Generalitat Valenciana y se manda la continuación de la tramitación del recurso".


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