VALÈNCIA. El Comité de Greuges de Iniciativa-Compromís ha rechazado el recurso interpuesto por el afiliado Juan Antonio García que solicitó declarar unos 60 votos nulos en el proceso de primarias de la formación al detectarse que se habían incumplido los estatutos al no votarse en cremallera (paridad hombre-mujer o viceversa).
Tal y como publico este diario, el recurso fue presentado tras la votación del pasado 16 de diciembre -el primer proceso ya venía de anularse- después de que la concejal Gloria Tello lograra ser la más votada y con ello ascender hasta el tercer puesto de la lista de Compromís, incluso adelantando al vicealcalde Sergi Campillo. Un vuelco en el que también sobrepasó al denunciante de la posible irregularidad, Juan García, que pasó a quedar fuera de los puestos de salida (12º).
Según la resolución a la que ha tenido acceso Valencia Plaza, el comité explica que el servicio técnico de Compromís habría trasladado un problema a la hora de reflejar la citada paridad a la hora de aplicar el voto telemática, e incluso aportan las explicaciones de uno de los técnicos. El comité señala que se traslada el problema a la Ejecutiva el 15 de diciembre (24 horas antes de la votación) y ante lo inminente del proceso "se comenta en el grupo de Whatsapp de la Ejecutiva de València para tomar la decisión". Así, "se explica la dificultad técnica para establecer el voto de cremallera y se propone asumir el voto paritario y que la lista de cremallera se hiciera al final de la candidatura como resultado".
Siempre según el texto, se incide en que sólo hay una objeción "que no coincide con el criterio del reclamante", y nadie se opone. Es por ello que el comité entiende que la decisión fue "consensuada" por una "situación compleja políticamente y técnica"."Independientemente de la poca o mucha formalidad del método de toma de decisión, no es la primera vez que por cuestiones excepcionales este método se ha utilizado en la cultura política de Iniciativa", explica el comité en su resolución, donde insisten en que nadie puso objeción en el sentido del recurso.
Así, el comité considera que la petición de García en su recurso "no tiene ninguna base democrática ni soporte jurídico" para dar por nulo el voto de un afiliado cuando este "ha cumplido las normas que le han fijado (...) en base a las condiciones de celebración del proceso selectivo acordadas". "No se puede considerar como nulos los votos emitidos que no cumplan el criterio de cremallera ya que no era una exigencia en la votación", sentencia la resolución. Según ha podido saber este diario, García volverá a recurrir tras esta respuesta del comité.