VALÈNCIA (EP). La Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo, dependiente de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo que dirige Nuria Montes, comienza los trabajos para actualizar la Ley de Comercio de la Comunitat Valenciana de 2011 y ajustarla a los requerimientos actuales de un sector "en continua evolución".
Las propuestas que se plantean son fruto del consenso alcanzado con todos los agentes del sector que demandaban una actualización de la norma vigente, según ha informado la Generalitat en un comunicado.
El objetivo es "atender a las peticiones que hemos recogido de todos los agentes implicados, algunas de ellas históricas, lo que sin duda cambiará el día a día del comercio valenciano y evitará conflictos innecesarios que se estaban dando", ha indicado la directora general de Comercio, Maribel Sáez.
Sáez ha agradecido "la implicación, capacidad y generosidad de todo el sector durante todo este último año, así como la unanimidad alcanzada con las organizaciones de comerciantes, de consumidores y sindicatos" y ha subrayado que se ha añadido seguridad jurídica a la ley "con la introducción de modificaciones legislativas sobre realidades que, en la práctica, ya se estaban dando y hemos simplificado, con la actualización de la redacción, muchos de los procesos que servirán de gran ayuda a los comerciantes".
En concreto, la Dirección General ha trabajado para "ajustar" diversos aspectos de la ley referidos a cuestiones como horarios, venta no sedentaria, ventas promocionales, otras fórmulas de venta fuera de establecimientos comerciales permanentes o infracciones, entre otras modificaciones.
Así, en materia de horarios, se incorporarán definitivamente al texto legal los procedimientos administrativos derivados de la regulación de horarios a la Ley 3/2011 de Comercio, como zonas de gran afluencia turísticas, habilitación de festivos en el ámbito municipal y horarios excepcionales.
Además, las zonas de gran afluencia turística (ZGAT) pasarían a tener una vigencia "indefinida, sin necesidad de renovaciones periódicas" y solo cabría la revocación "si desaparecen las causas que motivaron la declaración".
Por otra parte, con las modificaciones en preparación, se pretende mejorar la definición de superficie comercial y recoger la obligación de que, en ningún caso, el ejercicio de la venta no sedentaria pueda dificultar la actividad y el acceso a locales comerciales y establecimientos públicos.
Asimismo, se va a planear dar cabida a fórmulas de venta emergentes de tipo ocasional y fuera de establecimientos comerciales permanentes, como los showrooms, pop up, entre otras.
Con respecto a las ventas promocionales, se extenderán a las tiendas virtuales las actuales obligaciones de información de las físicas sobre las limitaciones temporales y de calidad referidas a ofertas, rebajas y campañas de saldo.
En este sentido, el plazo máximo de las ventas en liquidación pasará de tres a seis meses, con la obligación de comunicación previa al Servicio Territorial correspondiente. Finalmente, las infracciones en materia de horarios comerciales y simultanear al por mayor y al por menor sin la debida separación pasarían de ser infracción leve a grave.