MADRID (EP). El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas urgentes en el ámbito económico que amplía los tipos de entidades financieras que pueden solicitar su transformación en bancos, incluyendo a sociedades de valores, entidades de pago y entidades de dinero electrónico.
Estas entidades se suman a las que ya estaban consideradas para la solicitud de la licencia de bancos hasta ahora como son las cooperativas de crédito y los establecimientos financieros de crédito, según ha explicado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, este martes.
Esta medida está en línea con otros Estados miembros de la Unión Europea y el Gobierno prevé que "mejore la competitividad de la economía española", según ha considerado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en un comunicado posterior.
El Banco de España y el Banco Central Europeo (BCE) colaboran para el procedimiento de autorización de entidades de crédito, siendo el BCE el que toma la decisión.
La Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la citada Ley, recogen el régimen normativo aplicable tanto a bancos como a cajas de ahorros y cooperativas de crédito.