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para poder aplicar los cambios en octubre

La consulta a las familias sobre la jornada continua será el 15 de septiembre

15/06/2016 - 

Valencia, (EP). Los centros educativos que quieran introducir cambios en su jornada escolar, como por ejemplo la jornada continua, realizarán la consulta a las familias el 15 de septiembre para que las posibles modificaciones que se aprueben se pueden aplicar en el mes de octubre.

Así figura en la orden por la que se regula el procedimiento de autorización de un Plan Específico de Organización de la Jornada Escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial valencianos, que la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte publica este miércoles en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

Se trata "de la primera normativa que establece un procedimiento público, transparente y con criterios pedagógicos para los centros que quieran solicitar cambios en la jornada en igualdad de oportunidades".
Las modificaciones de la jornada escolar "tendrán carácter extraordinario, serán fruto del consenso de la comunidad educativa y garantizarán los servicios de transporte y comedor, así como la apertura de las instalaciones desde las 9.00 de la mañana hasta las 17.00 horas", subraya el departamento de Campanar en un comunicado.

La normativa establece que las modificaciones de la jornada escolar tendrán un carácter extraordinario y deberán ir acompañadas de un plan específico de organización que incluya actividades extraescolares gratuitas para garantizar la apertura de las instalaciones hasta las 17.00 horas, así como la planificación de los servicios complementarios de comedor y transporte que deben quedar garantizados.

El procedimiento está diseñado "teniendo en cuenta criterios pedagógicos", de manera que los cambios en el horario garanticen también la calidad educativa, subraya la administración.

En cuanto al calendario, la consulta a las familias se realizará el 15 de septiembre en todos los centros y las modificaciones en la jornada escolar se podrán aplicar en el mes de octubre, tan pronto como empiece la jornada habitual en los centros. Para la aprobación por parte de las familias, se precisará el voto favorable de, como mínimo, el 55 por ciento de votos del censo con derecho a voto, concreta la orden.

El consejo escolar del centro en el caso de los centros públicos o el titular del centro en el caso de los privados-concertados realizarán una solicitud de modificación de la jornada escolar, la cual ya contendrá una propuesta. Esta solicitud se trasladará en el ayuntamiento de la localidad que, previa consulta al consejo escolar municipal, emitirá un informe. El informe, sin ser preceptivo, será tenido en cuenta en el procedimiento.

Posteriormente, el centro redactará el plan específico de organización de la jornada escolar y se someterá a votación en el seno del claustro del centro. Para aprobarlo serán necesarios, por lo menos dos tercios de votos favorables de todos sus integrantes. El mismo porcentaje que necesitará posteriormente, cuando sea sometido a votación en el consejo escolar de centro. Esta primera parte del procedimiento debe quedar terminada a lo largo del mes de junio.

Una vez aprobado el Plan Específico de Organización de la Jornada Escolar, la dirección o titular del centro educativo enviará a la dirección territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, la documentación pertinente antes del 1 de julio. La dirección territorial, mediante la Inspección, realizará un informe y lo enviará, junto al resto de documentación, a la Dirección General de Política Educativa, que emitirá en los centros educativos un informe que, en caso de que sea favorable, los autorizará a iniciar el proceso de consulta a las familias. Este informe lo recibirán los centros antes del 15 de julio y podrán preparar la consulta a las familias, que se celebrará al volver de vacaciones.

Al volver de vacaciones, los centros podrán publicar el censo provisional hasta el 8 de septiembre y proceder a informar a las familias sobre la celebración de la consulta. De manera extraordinaria, en aquellas poblaciones en que el día 8 sea festivo, el plazo se desplaza hasta el siguiente día de clase lectivo. La publicación del censo definitivo se producirá 48 horas después de la publicación del censo provisional.

Finalmente, la consulta se celebrará en todos los centros el día 15 de septiembre. Al día siguiente se remitirán los resultados del escrutinio de la consulta a las familias a la Dirección General de Política Educativa.

Una vez enviados los resultados del escrutinio a la Conselleria, el director general de Política Educativa dictará, entre el 19 y el 23 de septiembre, la autorización definitiva para que cada uno del centros educativos aplique el Plan Específico de Organización de la Jornada Escolar que ha presentado. Las modificaciones se podrán aplicar a partir de octubre, coincidiendo con el cambio al horario habitual de todo el curso.

La autorización definitiva se extenderá por períodos de tres cursos académicos renovables, siempre que los resultados se ajusten a las mejoras previstas en el plan. La evaluación se realizará en función de la incidencia del nuevo horario sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje y los resultados obtenidos por el alumnado.

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