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alegan que  "no concurre perturbación alguna de los intereses generales"

La Diputación de Alicante recurre la desestimación del TSJCV de suspender el decreto de turismo

19/07/2016 - 

ALICANTE, (EFE). La Diputación de Alicante ha interpuesto un recurso de reposición contra el auto del Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) que desestimaba la petición de esta corporación provincial de suspender cautelarmente el decreto de coordinación turística elaborado por la Generalitat.

En el recurso, al que ha tenido acceso Efe, se alega que en la medida cautelar solicitada por la Diputación de Alicante "no concurre perturbación alguna de los intereses generales".

Fundamenta esa consideración al indicar que "la Ley 2/1983 de la Generalitat de la que el Decreto 26/2016 del Consell trae causa se dictó hace unos 33 años".

Durante ese periodo, expone, el Consell "no solo no ha hecho uso de la misma, sino que su actividad ha sido totalmente permisiva y silente con el ejercicio de las competencias que les correspondían a las tres diputaciones en el ámbito de la Comunitat Valenciana establecidas en la legislación aplicable de régimen local".

"En especial, en materia de turismo y con fundamento en el reconocimiento constitucional de la autonomía provincial", destaca.

El recurso afirma que, en esos 33 años, "no ha concurrido ninguna perturbación de los intereses generales, ni de las diputaciones, ni mucho menos del Consell" que, en ese lapso, "nunca cuestionó el ejercicio competencial de tales diputaciones".

También señala que "la competencia del Consell al parecer al amparo de la citada Ley 2/1983 para que las diputaciones ejerzan en las materias y funciones asignadas una coordinación forzosa por impuesta se inicia con la entrada en vigor del Decreto 26/2016 del Consell, el día 9 de marzo de 2016, según lo previsto en su disposición final segunda".

Sobre ese punto, el recurso dice que una estimación de la medida cautelar solicitada de suspensión del referido decreto del Consell solo supondría en su caso posponer "la aplicación del nuevo marco jurídico que se estrena con dicho Decreto -en vigor desde hace unos 3 meses- tras 33 años en que entró en vigor la Ley de la que trae causa".

"Toda vez que se trata de un nuevo escenario jurídico donde por primera vez en 33 años el Consell pretende excepcionar el principio constitucional de la autonomía provincial para imponer una coordinación forzosa en el ejercicio de las competencias provinciales en materia de turismo con claras implicaciones presupuestarias de las diputaciones de la Comunitat", aduce.

Estima "mucho más conveniente para satisfacer los pacíficos intereses generales en juego que se suspenda" el decreto sobre turismo, el cual, argumenta, introduce "un marco jurídico con muchas dudas sobre su legalidad" y "distorsiona el ejercicio competencial provincial con claras implicaciones presupuestarias".

Indica que, con la medida cautelar solicitada por la Diputación de Alicante, se aplica "el marco jurídico sobre el régimen competencial de las diputaciones que durante 33 años ha estado vigente con la total anuencia y complicidad del Consell, al menos hasta que se dicte la pertinente sentencia sobre el fondo del asunto".

Por ello, considera que "el interés general en que se suspenda la vigencia del Decreto 26/2016 del Consell debe prevalecer sobre su aplicación, en tanto la misma se cifra en poco más de tres meses y con claras dudas sobre su legalidad desde su estudio meramente preliminar (...)".

Reitera que la "suspensión de su vigencia hace resurgir el marco jurídico del ejercicio competencial provincial compartido plenamente por la Diputación de Alicante y también por el Consell al menos durante los últimos 33 años".

Por otra parte, se asegura que se desconoce "el estado procedimental de la petición de medida cautelar" del decreto del Consell de coordinación de las tres diputaciones en materia de deportes, objeto del recurso que presentó la Diputación de Alicante junto con el relativo al decreto de turismo. 

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