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La Generalitat concede ayudas al alquiler por valor de 20 millones de euros

2/12/2019 - 

VALÈNCIA (EP) La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda ha resuelto la concesión del programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda y del programa de Ayudas al Alquiler para Jóvenes, por los que ha concedido un total de 20.084.287 euros.

El objetivo de estas ayudas es favorecer el acceso a la vivienda en alquiler, especialmente entre los jóvenes. A través de ambos programas se subvencionan los recibos de alquiler, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019, ha explicado la Generalitat en un comunicado.

El conseller de Vivienda, Rubén Martínez Dalmau, ha destacado el incremento del número de solicitudes en un 26,2 por ciento con respecto al ejercicio anterior, un aumento que "evidencia que el programa de ayudas es necesario para aquellas personas con más dificultades".

Ha lamentado que la "tendencia abusiva de los precios del alquiler no permite a muchas familias poder acceder a una vivienda de libre mercado, es el caso de jóvenes, de personas mayores y de colectivos en riesgo de exclusión social". Asimismo, ha destacado que para el próximo ejercicio "las ayudas al alquiler se incrementan y tendrán dotación de 24 millones de euros".

En la actual convocatoria, cuya resolución publica este lunes el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), 11.972 personas se benefician de estas ayudas, de las cuales 8.926 corresponden al programa general y 3.046 al de jóvenes.

De los 20.084.287 euros concedidos, 13.535.942 se destinan al programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda y 6.548.100 programa de Ayudas al Alquiler para Jóvenes.

Hasta el 40% del alquiler

La cuantía de las ayudas al alquiler de vivienda cubren hasta el 40% del alquiler, con un máximo de 2.880 euros anuales. Y hasta un 50% si todos los miembros de la unidad de convivencia tiene más de 65 años, con un máximo de 3.600 euros anuales.

Las ayudas a jóvenes están destinadas a menores de 35 años y la subvención puede alcanzar el 50% de la renta de alquiler. Excepcionalmente pueden formar parte de la unidad de convivencia mayores de 35 años, en caso que sean personas dependientes.

Tienen prioridad para acceder a las ayudas las personas afectadas por desahucio, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos diez años.

También se prioriza a las familias monoparentales y numerosas; las mujeres víctimas de violencia de género; las víctimas del terrorismo; las personas con diversidad funcional (33%); los jóvenes ex tutelados; las personas o unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas; aquellas que hayan agotado las prestaciones de desempleo; las personas con trastorno mental grave; aquellas que asumen la patria potestad, tutela o acogimiento de menores huérfanos por violencia de género y mujeres en situación de necesidad o riesgo de exclusión social, en especial cuando tengan hijos exclusivamente a su cargo.

Los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada (que consten o no como titulares del contrato de arrendamiento) deberán ser iguales o inferiores a 3 veces al indicador IPREM, con la excepción de algunos supuestos (familias numerosas, diversidad funcional, enfermedad mental, etc), en cuyo caso puede ser 4 o 5 veces IPREM, en función de la circunstancia. Para acceder a la ayuda, la unidad de convivencia deberá acreditar ingresos mínimos a 0,3 veces IPREM.

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