PARTES DEL DOCUMENTO SEGUIRÁN SIENDO CONFIDENCIALES

La JUR permitirá un acceso parcial al informe de Deloitte sobre el Banco Popular

29/11/2017 - 

VALÈNCIA. (EP). La Junta Única de Resolución (JUR) permitirá a Aeris Invest, el brazo inversor de la familia Luksic, así como a la Mutualidad de la Abogacía Española, la Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores y Químicos y otras entidades el acceso parcial al informe de Deloitte y a otros documentos relacionados con la resolución de Popular.

En concreto, el Panel de Recurso de la JUR ha estimado los recursos presentados por Aeris Invest --representado por Roca Junyent-- y la Mutualidad General de la Abogacía Española, la Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores y Químicos y otras entidades --representados por el despacho Ramón C. Pelayo Abogados--, en los que se solicitaba acceso al informe de Deloitte y otros documentos, petición que ha sido concedida parcialmente, pues algunas partes deberán seguir siendo confidenciales.

El Panel de Recurso no precisa qué partes deberán seguir siendo confidenciales, aunque este acceso parcial permitirá conocer numerosos datos, informaciones y predicciones del informe elaborado por Deloitte, incluidas sus conclusiones y los rangos económicos de su valoración.

En cualquier caso, el organismo que preside Elke König, que está citada en el Congreso de los Diputados el próximo 11 de diciembre, deberá aportar una nueva versión de los documentos en la que solo podrá omitir información verdaderamente confidencial, según ha informado Aeris Invest, que perdió 113 millones de euros con la resolución de Popular.

El grupo chileno, que contaba con una participación del 3,45% de Popular en el momento de su resolución, indica, además, que la JUR deberá fundamentar toda censura de datos que lleve a cabo, explicando por qué debería guardarse la confidencialidad de los mismos.

"Aunque la decisión del Panel de Recurso es recurrible, el avance que supone un importante hito ya que, a partir de ahora, la JUR deberá conceder el acceso a datos, hasta el momento desconocidos, que abren la puerta a una defensa mucho más sólida", agrega el grupo.

Por su parte, el despacho Ramón C. Pelayo Abogados ha señalado que el Panel "concluye que la negativa a facilitar esos documentos en su integridad por parte de la JUR no estaba justificada y contradice tanto el Reglamento UE 1049/2001 como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que obliga a las instituciones y agencias comunitarias a facilitar esa documentación 'en la mayor medida posible'".

Estas resoluciones se han dictado tras la celebración de una vista el pasado 16 de noviembre de 2017 en la sede del Panel en Bruselas, según ha apuntado el despacho, que resalta que la institución entiende que la negativa de la JUR a facilitar esos documentos impide a los recurrentes ejercitar de forma efectiva su derecho a la tutela judicial y hace muy difícil la reclamación judicial de los daños provocados por la decisión de resolución al carecer de los documentos e información imprescindibles.

El bufete considera que estas decisiones "merecen un juicio muy positivo" y permitirán a los recurrentes conocer las razones por las que la JUR acordó la resolución del Banco Popular, así como analizar si la valoración efectuada por Deloitte cumplió con los requisitos legalmente exigibles de independencia, prudencia y razonabilidad.

Más de 40 recursos

Desde la decisión del resolver Popular el pasado 7 de junio, se han presentado más de 40 recursos de diversa naturaleza ante en Panel de la JUR. En al menos 34 de ellos, el órgano no se ha pronunciado sobre el fondo y no los ha admitido al entender que estaban formulados incorrectamente o que tenían por objeto cuestiones que no eran de su competencia.

En agosto, la Comisión Europea negó a algunos despachos el acceso a las versiones confidenciales de los informes elaborados por el Banco Central Europeo (BCE) y por la JUR en relación Popular, así como al trabajo de valoración realizado por Deloitte.

Bruselas entendía que su publicación podría comprometer la estabilidad financiera de la Unión Europea y dañar los intereses comerciales de Santander y de sus accionistas, pues estos documentos contienen información sobre la posición de Banco Popular en el mercado, así como datos sobre sus activos y obligaciones.

"La divulgación pública de esta información, en este momento, podría perjudicar la protección de los legítimos intereses comerciales de Banco Santander en relación a su posición competitiva en el mercado bancario", aseguró la Comisión Europea a finales de agosto.

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