Recomienda "la subsanación de la irregularidad del uso del inmueble donde Fisabio ejerce principalmente su actividad"
VALÈNCIA. (EP). La Sindicatura de Comptes ha publicado el informe de fiscalización de la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica (Fisabio) del ejercicio 2017 en el que se ponen de manifiesto "incumplimientos significativos" de la normativa en la contratación. Entre los casos detectados, está un contrato de suministros y servicios de manera directa por una cuantía total de 998.593 euros, "sin tramitar los debidos expedientes de contratación".
Así consta en el informe de fiscalización de las cuentas anuales del ejercicio 2017 de la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica (Fisabio) en el que se recoge que la entidad "no cumple lo dispuesto en los artículos 1 y 150 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) porque en la valoración de las proposiciones económicas utiliza una fórmula que no asegura la selección de la oferta económicamente más ventajosa a la que se debe adjudicar todo contrato".
En su actividad de asistencia oftalmológica, se apunta que Fisabio ha contratado suministros y servicios de manera directa por una cuantía total de 998.593 euros, "sin tramitar los debidos expedientes de contratación", mientras que en la adjudicación del lote 1 del expediente de suministro, instalación y puesta en marcha de una sala de contención biológica de nivel 3 "no se han respetado los principios de igualdad, transparencia y concurrencia del artículo 1 de la LCSP".
Asimismo, el documento señala que los órganos de gobierno y dirección de la entidad "no han cumplido con la obligación legal de presentar un informe anual acerca del grado de cumplimiento del código de conducta aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), al que deben ajustarse las inversiones temporales que haga cualquier fundación".
Tampoco ha presentado junto con las cuentas anuales, el informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero que asumen dichas entidades como consecuencia de su pertenencia al sector público, establecido en el artículo 134.3 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat.
Además, el informe de la Sindicatura señala que el balance y la cuenta de resultados "se han formulado sin cumplir la regla establecida en la Norma de Elaboración de las cuentas anuales, de forma que los numerosos créditos y deudas, ingresos y gastos derivados de operaciones con la Generalitat y otras entidades de su sector público instrumental, no figuran separados de las que no corresponden a estas operaciones".
Así, en el informe de fiscalización se recogen diversas recomendaciones con la finalidad de mejorar la gestión económico-financiera de Fisabio, entre las que se pide al Patronato que apruebe "un código de conducta propio para realizar inversiones financieras temporales, basado en el aprobado en el año 2003 por el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores".
De igual modo, se recomienda "instar la subsanación de la irregularidad del uso del inmueble donde Fisabio ejerce principalmente su actividad, ya que no se ha tramitado el correspondiente expediente administrativo de autorización por la Generalitat".
Para un mejor control de la actividad investigadora y utilización de los recursos públicos, la Sindicatura aboga por "acreditar a Fisabio como un instituto de investigación biomédica o sanitaria, sin perjuicio de establecer las distintas áreas de trabajo que se consideraren oportunas y elaborar un manual interno de contratación, adaptado a la LCSP, para asegurar que en la tramitación de los expedientes de contratación, "se cumplan adecuadamente las disposiciones legales previstas".