CASTELLÓ. La compañía Productos Florida deberá abonar 7,4 millones de euros a la Seguridad Social por fraude en la contratación de más de 400 personas. Así lo ha dictaminado el Juzgado de lo Social número 4 de Castelló en un fallo dictado el pasado lunes día 23 y conocido este miércoles tras la notificación a las partes.
En la sentencia del juicio que arrancó en noviembre, la magistrada de la sala estima probada "sin lugar a dudas", la relación laboral entre la compañía radicada en Almassora y los trabajadores que, a través de la sociedad Servicarne, prestaban servicio en aquella como cooperativistas y por tanto se pagaban sus cuotas a la Seguridad Social como falsos autónomos.
En base a la sentencia, corresponde a Productos Florida el abono de los 7,4 millones de euros de cuotas a la Seguridad Social que los más de 400 trabajadores que pasaron por la sociedad entre finales de 2013 y noviembre de 2017 llevaron a cabo. Y es que la jueza señala que la compañía no ha podido probar la nulidad del acta levantada por Inspección de Trabajo en su visita al centro productivo, ubicado en el polígono industrial Mijares, y acaecida a las 10.30 de la mañana del 16 de noviembre de 2017.
Tras ello, y dado que la sanción se puede retrotraer cuatro años, la Tesorería General de la Seguridad Social ha determinado que corresponde, en esos cuatro años, el pago de los 7,4 millones de euros. Con ello, los trabajadores podrán ahora solicitar la devolución de las cuotas abonadas como autónomos durante aquellos ejercicios.
Aun así, y aunque la sentencia favorable es de gran relevancia porque la plantilla de Productos Florida "llevaba más de cinco años esperando a regularizar su situación", señala Antonio Ruiz, asesor jurídico de CNT -sindicato que ha respaldado a los demandantes- es posible que esta todavía no se materialice, dado que la compañía puede recurrir el fallo.
A pesar de ello, desde CNT destacan la importancia, debido a que "en muy pocas ocasiones se da la razón a la parte demandante en primera instancia, lo cual podría sentar precedente para otros casos".