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ante el "varapalo" de la sentencia

Las defensas de los condenados por Fitur estudian recursos de amparo al Tribunal Constitucional

9/05/2018 - 

VALÈNCIA. (EP). Defensas de los condenados por el caso Fitur, el primero de la trama Gürtel declarado firme por el Supremo, valoran presentar recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, por vulneración de derechos fundamentales, ante el "varapalo" que supone la sentencia para sus clientes, que están "destrozados". Para la interposición del recurso, tienen un mes de plazo y, en todo caso, no paraliza la ejecución de la sentencia.

Así lo han indicado letrados de los condenados consultados por Europa Press, que coinciden en asegurar que no se esperaban una sentencia "tan dura" sino que pensaban que el Supremo iba a rebajar las penas que en su día les impuso el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, al igual que ocurrió con la condena al exconseller de Solidaridad, Rafael Blasco, y el conocido como caso Cooperación.

El Supremo ha rechazado todos los recursos de los condenados y ha confirmado 13 años de prisión para el 'cabecilla' de la trama, Francisco Correa; 13 años y tres meses para el 'número dos' de la Gürtel, Pablo Crespo; 12 años y tres meses para Álvaro Pérez 'el Bigotes' y nueve para la exconsellera de Turisme con el Gobierno de Francisco Camps, Milagrosa Martínez.

Otros tres funcionarios de la entonces Agencia Valenciana de Turisme y un alto cargo de la conselleria cumplirán entre tres y siete años de prisión: el exjefe del área de Mercados y Comunicación Isaac Vidal, siete; Rafael Betoret, exjefe de Gabinete de la consellera, seis; Jorge Guarro, exjefe de Promoción de la AVT, cuatro, y Ana Grau, excoordinadora de Ferias, tres años.

Los otros tres condenados guardan relación con las empresas del grupo Correa: Isabel Jordán, exadministradora de algunas de las sociedades (seis años); Cándido Herrero, exempleado de oragen Market (cuatro años y cuatro meses) y Mónica Magariños, exempleada de la sociedad de El Bigotes (tres años).

Según las fuentes de las defensas consultadas, están "hundidos" y "destrozados" porque no se esperaban una sentencia "tan dura" y confiaban en que el Supremo admitiera sus recursos --entre los dos motivos alegados por Magariños y hasta 31 por Pablo Crespo--, entre cuyos argumentos figuraban que se había producido vulneración del derecho a un juicio con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva, ausencia de motivación de los hechos considerados probados; vulneración del derecho al secreto de las comunicación, entre otros.

En esta línea, subrayan que en el supuesto de la malversación, por ejemplo, se cifra en algo más de 200.000 euros, una situación que contraponen al caso Blasco, que fue condenado por irregularidades en la concesión de ayudas a ONG para proyectos en el tercer mundo --de los 1,6 millones de euros destinados solo llegaron a su destino 47.000-- y el TS le rebajó la condena de ocho años a seis y medio.

En el caso de Milagrosa Martínez, desde su defensa apuntan que primero valoran la posibilidad de recurrir al Constitucional --tienen 30 días hábiles para hacerlo-- y ven "prematuro" cuestionarse la petición del indulto ante el Gobierno. En el caso de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana acordara su ingreso en prisión, la defensa de la exconsellera solicitaría la medida cautelar de suspensión de ese ingreso.

Proceso para el ingreso en prisión

A partir de ahora, una vez la sentencia es firme, los pasos para la entrada en prisión comienzan por la devolución de la causa al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana o bien recibir una certificación del Supremo sobre la firmeza que ha alcanzado el fallo.

Una vez superado este trámite, la sala citará a los condenados para entregarse o comunicarles el mandamiento de ingreso voluntario en prisión. Los condenados pueden plantear la suspensión de la pena de prisión --no la multa-- mientras se tramitara la petición de indulto, en el caso de que optaran por solicitarlo al Gobierno.

En febrero del pasado año el TSJCV dictó la sentencia en la que condenó a la exconsellera y funcionarios de su departamento y a las empresas del grupo Correa por las irregularidades cometidas para adjudicar a Orange Market los contratos para la concurrencia en ferias de turismo en las anualidades de 2005,2006, 2007, 2008 y 2009.

La sentencia expone que las relaciones del grupo de empresas con la administración eran tan fluidas, antes y durante la adjudicación de los contratos, que se produjo un "desembarco" y de hecho una 'sustitución' de la administración de la conselleria por las empresas de Gürtel, pues eran ellas las que confeccionaban y redactaban los contratos, siempre admitidos por la administración, realizaban los planos, e incluso diseñaban los criterios de valoración de las propuestas.

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