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Los errores jurídicos retrasan la aplicación del tanteo y retracto en el Ayuntamiento de València

24/06/2021 - 

VALÈNCIA. El Ayuntamiento de València todavía no podrá aplicar el convenio correcto suscrito con la Conselleria de Vivienda para hacer uso del ansiado derecho de tanteo y retracto. El decreto aprobado por el departamento autonómico dependiente de la Conselleria de Rubén Martínez Dalmau permite la transferencia de este derecho de intervención en operaciones de compraventa inmobiliaria a los ayuntamientos, pero debido a varios errores jurídicos el consistorio de València no ha podido aplicarlo.

Fue en enero de este mismo año cuando la concejalía de Vivienda, dirigida por Isa Lozano, llevara a aprobación al pleno municipal el convenio con la Generalitat Valenciana para la aplicación de este derecho de tanteo y retracto. Sin embargo, tal aprobación conllevó algunos errores jurídicos terminológicos, según fuentes municipales, lo que obligó a sustituir el convenio por uno nuevo.

Eso es lo que pretendía hacerse precisamente este mismo mes de junio. La propia concejalía de Lozano buscaba cambiar el convenio aprobado inicialmente, que era erróneo a nivel jurídico, por otro que contenía los términos jurídicos exactos para la correcta aplicación del decreto. Sin embargo, este mes tampoco ha sido posible, y se postergará un mes más.

El departamento había incluido en el orden del día del pleno municipal la votación del nuevo convenio, pero en este caso, según explicaron fuentes de la oposición y de la propia concejalía, la Conselleria de Vivienda había remitido un convenio con los errores corregidos a última hora. Lo cual motivó que Lozano optara por retirar del pleno este punto, que se llevará a aprobación, en este caso con la documentación correcta, el próximo mes, en julio.

Los dos derechos recogidos en el decreto posibilitan a la Administración, en determinados casos, quedarse una vivienda cuando se va a proceder a su venta -tanteo- o después de que se haya vendido -retracto-. Aunque regulado desde 2004 para las viviendas de protección pública, el decreto permite a la Generalitat quedarse viviendas en proceso de subasta por impago de hipoteca, las transmitidas por dación en pago o edificios enteros que se vayan a vender o se hayan vendido entre operadores privados. Son las denominadas en la norma "transmisiones singulares".

Posibilidad que ahora pasa a manos de los ayuntamientos que quieran en los casos de la compra de vivienda de protección pública o la cesión de los inmuebles adquiridos en el caso de las transmisiones singulares. Y València ha dijo que sí. Pero la aprobación del convenio definitivo entre la Conselleria y la concejalía del ramo está llevando más tiempo de lo deseable.

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