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comeva | “EL COLEGIO DE LA EMPRESA”

Los Titulares Mercantiles y Empresariales advierten del colapso en los juzgados por los procedimientos concursales

Los asesores fiscales de Comeva fueron los primeros en pedir la moratoria en las declaraciones y constatan el colapso de los servicios a las empresas. Advierten sobre el colapso de los juzgados por procedimientos concursales. Se suman a las peticiones del Consejo General de Economistas de España sobre las medidas tributarias del Gobierno

8/04/2020 - 

VALÈNCIA. El Colegio Oficial de Titulares Mercantiles y Empresariales de Valencia -la entidad colegial económica más antigua de la ciudad- fue el primero en advertir a la Administración de la necesidad de aplazar las declaraciones fiscales del primer trimestre del presente año al segundo trimestre. La negativa del Gobierno ha provocado un gran colapso en los despachos profesionales para la elaboración de estas declaraciones, todo ello, a pesar de haber sido advertida esta necesidad también por otros colectivos.

Por otro lado, COMEVA trabaja ya de forma organizada dentro de los juzgados de lo mercantil de Valencia y Alicante para consensuar medidas de choque con el objetivo de intentar evitar el más que posible colapso de procedimientos concursales que se prevé que van a solicitarse una vez finalizado este periodo de confinamiento y con la apertura al público de los juzgados.

El Colegio de la Empresa, además, aconseja a sus colegiados que mantengan el asesoramiento continuo y fluido con las empresas a las que dan servicio, cuyos responsables, en muchos casos, muestran su preocupación por la viabilidad futura de las mismas. Comeva incide en que las empresas deben, además, reflexionar sobre la idoneidad de acudir a créditos blandos con el fin de garantizar su viabilidad inmediata para evitar endeudamientos innecesarios. Por otro lado, el colegio mantiene abiertas y fluidas las comunicaciones con el millar de sus colegiados por vía digital y retomará próximamente sus ciclos de formación online.

Apoyo al Consejo General de Economistas

Además, el Colegio de la Empresa se suma a la carta que el Consejo General de Economistas de España ha enviado a la ministra de hacienda, María Jesús Montero. En esta misiva, los economistas españoles y respecto a las medidas tributarias aprobadas por el gobierno, la carta del presidente de los economistas españoles destaca que “reconociendo que forman parte de una estrategia global, apreciamos lo hecho –flexibilización de aplazamientos de autoliquidaciones para pymes y ampliación de determinados plazos de los procedimientos tributarios-, pero creemos que se debería dar un paso más en algunos aspectos. Seguro que se pueden arbitrar muchas soluciones técnicas, y todas tendrán ventajas e inconvenientes, pero nosotros vamos a atrevernos a apuntar una”. El Consejo reclama “la ampliación de los plazos de ingreso de las autoliquidaciones cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de dicha norma, estableciendo un segundo vencimiento alternativo hasta el 1 de junio, salvo que el estado de alarma se amplíe hasta después del 3 de mayo, en cuyo caso se ampliará por los días que exceda de dicha fecha. De esta forma, los contribuyentes que quieran presentar las autoliquidaciones en plazo podrán hacerlo y, si son pymes, conservarán la posibilidad de aplazar su pago 6 meses, y hasta 30.000 euros, de manera casi automática, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2020. Por otra parte, el Estado solo vería diferidos los ingresos del resto de contribuyentes poco más de un mes, y se obviarían los problemas que tienen las empresas para confeccionar sus declaraciones debido a las restricciones a la movilidad vigentes durante el estado de alarma”.

En cuanto al Impuesto de Sociedades solicita “que los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades puedan modificar la opción de cálculo del pago fraccionado del impuesto al presentar la declaración del primero de ellos.

Esta medida permitirá adecuar los pagos fraccionados de 2020 a la base imponible de ese ejercicio, también para los contribuyentes cuyo volumen de operaciones no haya superado los 6 millones de euros en los 12 meses anteriores al inicio del ejercicio”.

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