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restricciones aprobadas por las autoridades autonómicas y estatales

Datos: todas las medidas contra la covid-19 en la Comunitat y la incidencia del virus por municipios

Foto: KIKE TABERNER
6/12/2020 - 

VALÈNCIA. La reunión de la Mesa Interdepartamental contra la covid-19 dejó a comienzos de diciembre nuevas medidas y restricciones para combatir al virus en la Comunitat, donde también se establecieron algunas excepciones en días puntuales dada la proximidad de las fiestas navideñas. En este sentido, el Consell acordó en primer lugar la prórroga del cierre perimetral de la autonomía hasta el 15 de enero, si bien los desplazamientos entre regiones estarán permitidos los días 23, 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 de enero para acudir a los domicilios habituales de familiares o allegados.

En relación a ello, el Gobierno valenciano recordó que la mascarilla es de uso obligatorio para los ocupantes de cualquier vehículo salvo si todos los pasajeros son convivientes o si se viaja en transporte especializado, de emergencia, ambulancias y similares. En el caso de los autobuses, además, se puede cubrir el 100 % de los asientos si el nivel de ocupación lo permite. 

 

Por su parte, el ‘toque de queda’ continúa vigente desde la medianoche hasta las seis de la mañana y se relajará durante las fiestas navideñas, ya que en las noches del 24 al 26 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero se permitirá la libre circulación hasta las 1.30 horas y solo para regresar al domicilio. En ningún caso, eso sí, podrá utilizarse esta ampliación horaria para acudir a encuentros sociales.

Reuniones sociales públicas y privadas

La nueva normativa del Consell, ya recogida en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), contempla las reuniones en espacios públicos y privados con un máximo de seis personas excepto si viven en el mismo domicilio, y puntualiza que en el caso de que un grupo esté compuesto por convivientes y no convivientes el límite se mantendrá en las seis personas.

No obstante, y de cara a las Navidades, la Generalitat se abre a encuentros con familiares o allegados de hasta diez personas para celebrar comidas o cenas navideñas los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre y 1 de enero. Se recomienda además que en estos encuentros no se superen los dos grupos de convivencia.

En cuanto a los espectáculos públicos, actividades socioculturales y otras celebraciones puntuales que se realicen en espacios abiertos o cerrados y congreguen a un número considerable de asistentes, la Generalitat establece un límite del 50 % del aforo y 150 personas, incluyendo a los organizadores. Se deberá, asimismo, garantizar el uso de mascarillas y señalar los lugares donde puedan situarse los participantes, entre otras cuestiones.


Sobre los acontecimientos navideños que puedan suponer una ocupación de la vía pública, el Consell ha determinado que se permitirán solo las cabalgatas estáticas en lugares de acceso controlado y con el cumplimiento de las medidas típicas de prevención contra la covid-19. En todo caso, se podrá autorizar a los Reyes Magos a realizar un recorrido por los municipios, aunque se recomienda su seguimiento desde los balcones. Tampoco se podrán lanzar objetos como caramelos.

Por lo demás, los jardines y las zonas de esparcimiento permanecerán abiertos desde las siete de la mañana hasta las once de la noche, y quedará prohibido fumar cualquier tipo de cigarrillo o dispositivo en la calle, terrazas, playas y demás espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de al menos dos metros. La venta de alcohol también quedará vetada entre las diez de la noche y las ocho de la mañana del día siguiente, excepto en la hostelería y la restauración.

Comercios

Sobre los locales comerciales, las resoluciones del Consell dictaminan que el aforo, reducido al 50 % sin importar la superficie, debe ser visible a la entrada del establecimiento. Además, en las actividades que impliquen un contacto físico se deberá exigir cita previa y un refuerzo de las medidas de higiene. Las zonas comunes de los establecimientos, incluidos aquellos que se ubican en centros comerciales, solo podrán utilizarse para transitar de un local a otro. 

Por su parte, se permite la instalación de la mitad de los puestos habitualmente autorizados en los mercados al aire libre. Para evitar aglomeraciones y garantizar la distancia de seguridad, se podrá optar tanto por aumentar el espacio disponible como por controlar el aforo, que en este caso será del 50 % de su capacidad sin necesidad de limitar el número de puestos. Los encargados de establecer distancias mínimas y condiciones de seguridad serán los ayuntamientos.

Igualmente, se permite la apertura de los establecimientos recreativos y de azar con un 30 % de su aforo interior, un máximo de seis personas por mesa y una distancia entre ellas de al menos 2 metros.

Hostelería 

En las actividades hosteleras, el aforo permitido en el interior de los locales será del 30 % siempre que se cumplan las medidas de ventilación y climatización, mientras que en las terrazas se podrá alcanzar el 50 %. Además, se contempla un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de mesas, y la distancia entre ellas será de dos metros en interiores y de 1,5 metros en exteriores. 


Del mismo modo, el horario de cierre de estos establecimientos quedará establecido a la medianoche, y todos los pedidos recibidos más tarde de las once no deberán ser aceptados. Tampoco se podrá comer ni beber en barra, y el uso de la mascarilla será necesario siempre que no se esté consumiendo.

No obstante, el Consell ha previsto flexibilizar estas medidas las noches del 24 al 26 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero. Tan solo en estas fechas se podrá cerrar a la una de la madrugada y aceptar pedidos hasta las doce y media de la noche. En esos días también se permite mayor ocupación de mesas por parte de grupos de familiares o allegados, que podrán reunirse hasta un máximo de diez comensales.

Del mismo modo, y aunque la resolución pertinente todavía no figura en el DOGV, está previsto que los pubs puedan reabrir entre las doce del mediodía y la medianoche, mientras que las discotecas harán lo propio desde las 17.00 horas y hasta las 12 de la noche. Además, el aforo permitido en el interior de estos locales se ha fijado en un tercio, sin pista de baile y respetando siempre la distancia de seguridad entre las mesas. En las terrazas, el aforo será del 50%.

Turismo

En los establecimientos hoteleros se permite la apertura de las zonas comunes siempre que no se supere el 30 % del aforo y se garanticen las medidas mínimas de distanciamiento, higiene y prevención. Además, se puntualiza que en los alojamientos que ofrecen varias habitaciones las personas de distintos grupos de convivencia no pueden pernoctar en la misma estancia ni compartir cocina. A los servicios de restauración, asimismo,  se les aplicarán las medidas concretas de este sector.

Por su parte, las ferias y parques de atracciones pueden abrir con una afluencia del 50 %, aunque se tendrán que establecer sistemas de limitación y control de aforo. Así, en las atracciones que dispongan de filas de asientos podrá ocuparse el 50 % de cada fila con una distancia mínima de 1,5 metros, mientras que las no cuenten con asientos podrán utilizarse a la mitad de su capacidad.

También se permiten las actividades de guía turístico, aunque deberán concertarse preferentemente mediante cita previa y con grupos de un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en lugares cerrados. No estarán permitidas las audioguías, los folletos ni ningún otro material analógico.

Cultura

En cuanto a las actividades culturales, la Generalitat Valenciana prevé que en los cines, teatros, auditorios, circos y otros espacios similares el aforo sea del 50 % tanto en interior como en exterior, con el público sentado y sin consumiciones autorizadas. Las entradas, además, deberán ser numeradas y no se permitirá el intercambio de objetos con el público.

Foto: ESTRELLA JOVER

Del mismo modo, también en bibliotecas, archivos, museos, galerías de arte y monumentos la ocupación máxima será del 50 %, y se podrá hacer uso de los ordenadores, catálogos y medios informáticos que pueda haber en estos espacios. Todos estos elementos tendrán que limpiarse y desinfectarse después de cada uso. 

Las visitas guiadas por estos lugares serán de grupos de hasta seis personas siempre que no se supere el 50 % del aforo autorizado.

Deportes

Las actividades deportivas, tanto en instalaciones especializadas como al aire libre, se podrán practicar sin contacto físico en las modalidades individuales y por parejas, aunque las personas con necesidades especiales podrán estar acompañadas por una persona de apoyo. En cualquier caso, la ocupación máxima del espacio será del 30 %, a la vez que las actividades físicas grupales podrán contar con hasta 30 personas. El uso de los vestuarios estará permitido, pero no el de las duchas. 

Del mismo modo, la normativa autonómica contempla la celebración de eventos deportivos, entrenamientos o competiciones no profesionales con público, aunque solo con un 30 % del total y un límite de 150 personas. Además, se matiza que en los acontecimientos deportivos enmarcados en competiciones internacionales no se permitirán asistentes. Sin embargo, quedan prohibidas las carreras populares, lo que impide la celebración de la San Silvestre y otros eventos navideños similares.

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