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la abogacía mantiene en un anexo su postura en contra de la integración

Oltra cuestiona el veto de la Abogacía a la subrogación de personal con una sentencia del TC

1/12/2018 - 

 VALÈNCIA. A pesar de que en Sanidad se han tomado al pie de la letra el informe de la Abogacía de la Generalitat sobre el decreto de reversión de las resonancias magnéticas y subrogación del personal, a la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, no le acaba de convencer ni cree que pueda afectar a las reversiones previstas en el área de Bienestar Social. 

En su informe, los letrados de la Generalitat llegan a la conclusión de que no puede ser la Conselleria de Sanidad Universal ni por extensión la Generalitat la que determine que hay sucesión de empresa y, por lo tanto, la Administración se subroga en los derechos de los trabajadores de la UTE Erescanner Salud, controlada por Eresa y participada por Inscanner, Beanaca y Ribera Salud. Debe ser un juez de lo Social quien lo dictamine mediante sentencia. Además, rechaza que en caso de subrogación el personal se incorpore a la Generalitat con el estatus de 'personal a extinguir', como se hizo en el Hospital de Alzira y en algunas residencias de salud mental.

Sin embargo, Oltra no dudó en cuestionar este viernes en la rueda de prensa del Consell la validez del informe de la Abogacía de la Generalitat ante la pregunta de si podría afectar a la reversión de centros de salud mental al IVASS o, por ejemplo, en caso de reversión del departamento de salud de Dénia. Es más, aseguró que no va a tener "ninguna consecuencia" sobre las decisiones del Consell respecto a la reversión a lo público de servicios privatizados.

La vicepresidenta del Consell basó su argumentación en una sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 31 de octubre que anula una normativa introducida por iniciativa de Cristóbal Montoro en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 para establecer limitaciones a la incorporación de personal laboral al sector público. "Creo que va a tener poca afectación a todo eso", insistía Oltra sobre el informe. "El informe lo que viene a decir es que es consciente de que hay una sentencia del 31 de octubre del Tribunal Constitucional pero como no está publicada todavía no la ha podido estudiar, pero claro, esa sentencia es la clave de bóveda de todo", insistió.

Según Oltra, "no va a tener consecuencias, desde luego no en la Conselleria de Igualdad, pero tampoco en el resto de áreas" porque "cuando el Tribunal Constitucional habla, ya ha hablado. No deja de ser un informe [el de la Abogacía] que no tiene una consecuencia jurídica, y menos si la comparamos con la sentencia".

El anexo

Según ha podido comprobar Valencia Plaza, es cierto que en su informe inicial la Abogacía de la Generalitat utiliza estos artículos ahora anulados por el Constitucional para reforzar su tesis. Sin embargo, una vez firmado el informe y cuando tuvo conocimiento del fallo del Constitucional, la Abogacía incorporó un anexo donde especifica que, a pesar de la sentencia, su conclusión sigue siendo la misma. 

Al contrario de lo dice Oltra, la Abogacía sí tuvo "acceso no oficial" a "una fotocopia firmada del texto original de la citada sentencia". De ahí que decidiera redactar un anexo para decir, en resumen, que la sentencia "no afecta a las conclusiones del informe". El motivo es que, según los letrados de la Generalitat, las disposiciones adicionales anuladas por el Constitucional tenían "un carácter meramente aclaratorio" de las reglas presentes en la Constitución. 

 Ana Barceló, consellera de Sanidad Universal. Foto: EVA MÁÑEZ 

La Abogacía realiza otra precisión importante respecto al alcance del anexo, y es que sus afirmaciones, consideraciones y conclusiones "se circunscriben al decreto" sobre el personal de Erescanner Salud UTE. Esto significa que no puede extrapolarse a otras reversiones como las de residencias de salud mental.

En cualquier caso, Oltra ha perdido el paraguas que le daba la modificación en la Ley de Acompañamiento de 2017, que preveía la absorción automática del personal de un servicio rescatado y, además, en régimen de personal a extinguir. Ahora esto ya no es posible debido a un informe del Consell Jurídic Consultiu que concluye que la reversión a la administración de servicios públicos privatizados debe acompañarse de informes de viabilidad económica y alerta del "conflicto jurídico" que puede abrirse con la regulación de los 'falsos funcionarios'. Este informe ha servido de base para el de la Abogacía.

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