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apuntes sobre multas y beneficios urbanísticos

Por qué tanto revuelo por la ATE: las consecuencias de la sentencia sobre el Nou Mestalla

7/03/2024 - 

VALÈNCIA. Próximamente se dará a conocer la sentencia sobre la ATE del Nou Mestalla tras la votación prevista en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) este miércoles. Un fallo que ha generado mucha expectación porque puede suponer un nuevo golpe a la ya maltrecha imagen de Peter Lim como dueño del Valencia CF, impulsor del desarrollo del nuevo coliseo. Pero más allá de las consecuencias reputacionales, ¿qué repercusiones tiene la resurrección o no de la Actuación Territorial Estratégica (ATE)?

Cabe recordar que la ATE era un instrumento urbanístico pensado para agilizar las tramitaciones de grandes proyectos de inversión en la Comunitat Valenciana. En este caso, conllevaba unos plazos que, como se ha explicado en numerosas ocasiones, el Valencia CF ha incumplido. El más flagrante, el segundo, que tenía como fecha límite 2021, y que exigía, entre otras cosas, la finalización del estadio.

El club intenta achacar los retrasos a la inactividad del Ayuntamiento, al impacto de la covid y a la dificultad para vender los terrenos del antiguo Mestalla, y por eso solicita que se amplíen los plazos de la ATE, que vencería en 2025. En ese sentido, si el TSJ falla a favor del club, podría dar un balón de oxígeno hasta cinco años más para la ejecución de sus obligaciones, que incluyen otras obras como la construcción del polideportivo de Benicalap. Además de que recuperaría cierto crédito frente a quienes acusan al club de inactividad para retomar la inversión.

Pero no es oro todo lo que reluce. Aunque el Valencia ha ido a los tribunales para conseguir esto, no es menos cierto que también puede tener repercusiones financieras negativas. Como los incumplimientos son evidentes -sin ir más lejos, el estadio no está acabado-, con la ATE otra vez vigente la Generalitat  tendría la potestad de imponer sanciones económicas al club por no haber cumplido los plazos parciales del plan urbanístico. Es más, antes de declarar la caducidad del plan, la administración valenciana ya tramitaba una sanción de 2,3 millones de euros que quedó suspendida al resolverse de manera anticipada la ATE.


Esto se explica porque dar por resuelta la herramienta urbanística era la máxima penalidad que la administración podía imponer al club, de manera que no podía aplicar también una sanción menor por el incumplimiento de los plazos parciales. Y por eso, la resurrección de la ATE devolvería, en ese caso, la posibilidad de imponer multas económicas al club. En su momento, la Generalitat cifraba en hasta 20 millones de euros estas posibles multas si se aplicaran los tipos máximos de sanción. Eso sí, gobernaba PSPV y Compromís. Se desconoce cuál es la posición que adoptaría la 'administración Mazón'.

Beneficios urbanísticos y obligaciones

Por otra parte, ¿qué ocurre con los conocidos beneficios urbanísticos? La ATE conllevó una modificación del planeamiento urbanístico, donde se incrementaron los derechos urbanísticos en 40.000 metros cuadrados de suelo terciario. Pero lo cierto es que la caducidad de la ATE no supuso la anulación del planeamiento. Nada de esto se tocó. De hecho, la resolución de la Generalitat, dice en su literalidad que acuerda "el mantenimiento de las determinaciones de ordenación estructural y pormenorizada".

En ese sentido, el Valencia CF ha mantenido durante todo este tiempo esos derechos urbanísticos. Y se hizo así por el "interés general" que supone el desarrollo urbanístico de los dos ámbitos, tanto el de la avenida de Aragón como en la de Cortes Valencianas. "En caso contrario, la ciudad de València perdería la posibilidad de consolidar dos puntos estratégicos", señaló la Generalitat en su argumentación.

Pero no solo esto, sino que la caducidad de la ATE tampoco hizo desaparecer las obligaciones asumidas por el Valencia, porque la Generalitat exigió, si se quiere obtener licencia para explotar el suelo residencial y terciario de la Avenida de Aragón o en Cortes Valencianas, que se acredite antes "el pleno cumplimiento de los compromisos y obligaciones" que hasta la caducidad "pesaban sobre el promotor de la ATE" o, en su defecto, que se preste "la garantía financiera suficiente para asegurar su cumplimiento".

Es más, la propia Abogacía de la Generalitat Valenciana, en su escrito remitido al TSJ reconocía que aunque el plan ya se haya caducado, "formalmente sí existen las mismas condiciones urbanísticas y las mismas obligaciones y compromisos para el promotor". Por ende, tanto si la justicia resucita la ATE como si la mantiene caducada, el aprovechamiento urbanístico fijado es el mismo.

Foto: EDUARDO MANZANA

Otra cosa es cómo el Valencia podría explotar estos aprovechamientos residenciales y terciarios. Pero a priori, según varias fuentes conocedoras del caso, no está claro que la pervivencia de la ATE tuviera grandes repercusiones en este sentido, dado que el Ayuntamiento de València tiene en trámite las fichas urbanísticas con las que busca condicionar al propietario de los terrenos, el Valencia CF, para que sólo pueda explotar los suelos residenciales y terciarios una vez vaya cumpliendo determinados hitos para cumplir con sus obligaciones.

Estas fichas urbanísticas, cuya tramitación inició el gobierno municipal anterior, con la socialista Sandra Gómez al frente de la concejalía de Urbanismo, ya pasaron el pasado año por exposición pública y el actual departamento, encabezado por el popular Juan Giner, todavía no las ha llevado a aprobación al pleno municipal, a la espera de que el TSJ se pronuncie sobre la ATE.

A la postre, de ello sí depende qué administración tiene la potestad urbanística en este proyecto. Al caducar la ATE, la Generalitat extinguió las competencias que había asumido en cuanto a planificación urbanística sobre el Nou Mestalla, por lo que las modificaciones urbanísticas han quedado exclusivamente en manos del Ayuntamiento. De este modo, si el TSJ recuperara el plan, la administración autonómica podría volver a ostentar estas competencias.

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