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excluyen el terrorismo solo cuando haya "violaciones" de DDHH

El PSOE y sus socios blindan a Tsunami y CDR al incluir el terrorismo en la ley de amnistía

Foto: CONGRESO
23/01/2024 - 

VALÈNCIA (EP). PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV, Junts per Catalunya y Podemos han acordado este martes excluir del proyecto de ley de amnistía los delitos de terrorismo "siempre y cuando de forma manifiesta y con intención directa hayan causado violaciones graves de derechos humanos", lo que permitiría amnistiar a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) y a los 10 encausados por los disturbios presuntamente promovidos por 'Tsunami Democrátic' que han sido investigados en la Audiencia Nacional.

Así lo han pactado en el marco de la Comisión de Justicia del Congreso en la que han pactado diversas enmiendas técnicas a la proposición de la ley que presentó el PSOE el pasado noviembre para amnistiar una década del 'procés' independentista catalán, incluidos delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación.

En concreto, han acordado modificar el artículo 2, en su apartado d), para precisar que quedarían excluidos de la amnistía los delitos de terrorismo "siempre y cuando" la intención de los acusados fuese generar "violaciones graves de derechos humanos".

Según las fuentes parlamentarias consultadas, esta modificación recurre a los parámetros fijados por el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, "con el fin de ofrecer una referencia clara y de carácter internacional para esta cuestión".

Con esta enmienda, quedarían amnistiadas las personas señaladas en los procedimientos judiciales relativos a los CDR y a 'Tsunami Democràtic'. En este último, se señalaba, entre otros, al expresidente catalán huido y líder de Junts, Carles Puigdemont, y la secretaria general de ERC, Marta Rovira.

Quién y cómo aplicará la ley

Han pactado también una enmienda al artículo 4, relativo a los efectos sobre la responsabilidad penal, para fijar que será el órgano judicial que tenga conocimiento de la causa y no el órgano competente --como fijaba el proyecto de ley-- el que se encargue de ordenar la "inmediata puesta en libertad" de las personas beneficiarias de la amnistía que se hallaran en prisión, ya sea por haberse decretado su prisión provisional o en cumplimiento de condena.

En el marco de esta enmienda, se plantea además que dicho órgano deberá acordar "el inmediato alzamiento de cualquiera medidas cautelares" que se hubiesen adoptado por "acciones u omisiones comprendidas en el ámbito objetivo de la presente ley, con la única salvedad de las medidas de carácter civil".

Asimismo, se propone que "el órgano judicial que esté conociendo de la causa" deje sin efecto las órdenes de busca y captura", tanto las nacionales como las europeas e internacionales.

Consultas al TC y el TJUE no paralizan

A su vez, PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV, Junts per Catalunya y Podemos han acordado en dicha enmienda que "la suspensión del procedimiento penal por cualquier causa" no impida el alzamiento de las medidas cautelares acordadas. Y se propone que el órgano judicial que esté conociendo de la causa de por finalizada la ejecución de todas las penas privativas de libertad y multas una vez la ley entre en vigor.

Este apartado tiene especial relevancia toda vez que fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han incidido en que las eventuales cuestiones de inconstitucionalidad que podrían presentar los jueces al Tribunal Constitucional, así como las cuestiones prejudiciales al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE), para consultar sobre la ley de amnistía paralizarían la aplicación de la ley hasta que dichos órganos contestasen. El PSOE y sus socios han querido dejar por escrito que dichas consultas y su eventual efecto suspensivo en el procedimiento no impedirían la aplicación de la ley.

Según las fuentes parlamentarias consultadas, las enmiendas pactadas este martes otorgan "mayor claridad y exhaustividad" al artículo sobre los efectos de la amnistía en el ámbito penal, con el fin de dotar a este apartado de "mayor seguridad jurídica" y reforzar la función jurisdiccional de jueces y magistrados a la hora de aplicar esos efectos, especialmente en lo referente al levantamiento de medidas cautelares ante una eventual suspensión del proceso judicial por cualquier causa.

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