VALÈNCIA. (EP). La Agrupación de Puertos Deportivos y Turísticos de la Comunitat Valenciana ha expresado su satisfacción al conseguir que se amplíen los plazos de sus concesiones de 30 a 50 años, lo que hará que el empleo y las inversiones "se consoliden", tras "muchos meses de trabajo".
"Este logro supone para nuestras empresas un futuro con objetivos más amplios y una revalorización económica muy importante", ha asegurado en un comunicado Gabriel Martínez, presidente de la Agrupación de Puertos, quien ha destacado la importancia que este logro tiene para "la seguridad y la continuidad de los puestos de trabajo que genera la actividad náutica".
"Somos un motor muy importante para la economía de nuestra zona", ha dicho, y ha añadido que va a suponer que todas las inversiones que estaban pendientes se pongan en marcha y esto hará que los puertos "mejoren sustancialmente y consigan así situarse a la vanguardia del país".
El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana publicó el pasado 28 de diciembre la Ley de Acompañamiento a los presupuestos de 2019, aprobada el pasado 19 de diciembre de 2018 en Les Corts, que incorpora en su artículo 79 una modificación de la Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat, de la que destaca la ampliación del plazo de las concesiones para la ocupación de dominio público portuario de 30 a 50 años (artículo 32 de la Ley 2/2014), prórrogas incluidas.
Con esto, "logra equipararse a los plazos concesionales establecidos para los puertos de interés general en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado de la Marina Mercante y en prácticamente las demás comunidades autónomas portuarias".
Asimismo, en el caso de los contratos de concesión de obra pública portuaria (artículo 22 de la Ley 2/2014) se ha ampliado también el plazo máximo de 30 a 40 años "en consonancia también con la normativa estatal de contratación pública".
También se ha introducido en la Ley 2/2014 una nueva Disposición Transitoria Cuarta, según la cual resulta de aplicación a las concesiones vigentes y a las otorgadas con posterioridad a la entrada en vigor de la propia Ley 2/2014, el régimen de prórrogas establecido en la misma, con el límite máximo de 50 años.
Por último, destaca también una nueva Disposición Adicional Tercera, que prevé la posibilidad de gestión de los puertos autonómicos a través de la figura del organismo autónomo, "atribuyendo la iniciativa para ello al Consell o a la entidad local en la que se encuentre localizado el puerto en cuestión, previo informe favorable de la Conselleria competente".