VALÈNCIA. Sanidad ha abierto una 'vía paralela' a la licitación habitual con empresas para contratar a entidades sin ánimo de lucro, ya sean públicas o privadas. Esto sucede tras la aprobación este miércoles de la ley de acción concertada para la prestación de servicios a las personas en el ámbito sanitario.
La ley se aprobó con los votos a favor del PSPV, Compromís y Podemos y el rechazo de Ciudadanos y PP. La ley procede del decreto ley que el pasado mes de diciembre convalidó el parlamento valenciano --que fue tramitado como proyecto de ley para poder incorporar mejoras al texto-- para adecuar la legislación valenciana a directivas europeas sobre contratos de concesión y contratación pública.
Esta norma se ha realizado para enmarcar servicios como los que presta el IVO o Cruz Roja y que hasta ahora, según explican fuentes de Sanidad, se habían asimilado al régimen que regulan los conciertos, a veces se habían tramitado por la vía de subvenciones o por expedientes de enriquecimiento injusto.
Se trataría de una vía paralela a la generada para los conciertos con las empresas privada al realizarse a través de convocatoria pública pero que se debe a a la directiva europea 2014/24, quien crea una naturaleza jurídica diferenciada de la esta modalidad.
En cada convocatoria se fijarán los requisitos y las condiciones mínimas, así como sus condiciones económicas. No obstante, las tarifas máximas no pueden incluir beneficio industrial.
Serán contratos que no pueden durar más de cuatro años y que deben prestarlos fundaciones u otros entes de este tipo que no estén vinculados a una empresa que ya presta el servicio. Estos podrán ser prorrogados anualmente de mutuo acuerdo hasta una duración máxima de diez años.
Entre los aparados que se echan de menos se encuentra el no solicitar un portal de transparencia a estas organizaciones sin ánimo de lucro para saber, por ejemplo, cuánto cobran sus directivos.