VALÈNCIA (EP). La Sindicatura de Comptes ha instado a la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana (Fisabio) que en los procedimientos de contratación garantice que se promueve "una competencia real y efectiva entre licitadores" con el fin de "conseguir la mejor relación calidad-precio" y a tener ofrecer mayor precisión y detalles en los referidos a contratos menores.
Así se desprende del Informe de Fiscalización del ejercicio 2020 realizado por la Sindicatura de Comptes sobre la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana, dado a conocer este lunes. En esta evaluación se han detectado algunos "incumplimientos significativos de la normativa aplicable a la gestión de la contratación" ante los cuales se plantean diversas recomendaciones para "mejorar la gestión económico-financiera de Fisabio".
En la revisión, en la que también se hace control de las cuentas anuales de la entidad, se indica al respecto que Fisabio ha elaborado "todos los documentos" que integran esas cuentas "de conformidad con la estructura y el contenido que exige su normativa reguladora", aprobados por patronato de la Fundación en junio de 2021.
No obstante, en cuanto a la fiscalización de la contratación, la Sindicatura de Comptes advierte de algunos "incumplimientos significativos de la normativa aplicable en la gestión de la contratación".
Así, sostiene que "en uno de los contratos analizados se tendría que haber excluido uno de los licitadores, en cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación que establece la normativa de contratación pública", teniendo en cuenta que "había presentado una proposición técnica defectuosa o irregular, no susceptible de encomienda", y que "se tendría que haber seguido el procedimiento de adjudicación con el otro licitador".
Igualmente, el informe de fiscalización de 2020 apunta que "en un contrato menor no queda justificado que el precio del contrato se adecue al precio general del mercado en los términos que establece la normativa de contratación pública" y expone que "se ha comprobado que el servicio se ha facturado con anterioridad a la aprobación del gasto". A este respecto, precisa que "se ha incumplido el procedimiento establecido".
Las recomendaciones que recoge el informe para "mejorar la gestión económico-financiera de Fisabio" señalan, en primer lugar, que para que esta entidad "pueda acogerse a la opción legal que permite la normativa sobre contratación pública y no quedar obligada a efectuar una licitación de los contractos basados en el acuerdo marco AM-1/2019, se tiene que promover la modificación de este".
Este cambio se apunta con el objetivo de "definir exactamente las características concretas de los productos a suministrar y, entre otras cuestiones, el objeto del contracto, el precio concreto que se atribuye a los suministros especificados y en los términos y condiciones de los suministros".
Además, la Sindicatura de Comptes advierte de que en los procedimientos de contratación se debe "garantir que se promueva una competencia real y efectiva entre licitadores, con el fin de conseguir la mejor relación calidad-precio".
Por otro lado, aconseja que en el momento de la aprobación del expediente de cada contracta "se concrete exactamente" la persona que formará parte de la mesa de contratación de la licitación.
Respecto a los pliegos de cláusulas administrativas particulares y su documentos anexos, la Sindicatura de Comptes estima que se debería "regular con más detalles los aspectos relacionados con la posibilidad de subcontratación de la ejecución del contracto".
La fiscalización alude también a los informes referidos a puntuaciones de las ofertas sometidas a criterios evaluables por medio de fórmulas y considera que debería ser "más detallados, de manera que explicitaran todas las operaciones realizadas y sobre qué cuantías se opera para llegar al resultado final, así como el cálculo y la cifra que representaría una oferta desproporcionada o con valores anormales".
La Sindicatura de Comptes aconseja también a Fisabio que en los expedientes referidos a los contratos menores se identifique "claramente" la persona que tiene la condición de órgano de contratación y que se señale "estos mismos aspectos en las publicaciones que se realizan en la plataforma de contratación del sector público".
Asimismo, en los contratos menores en los que se verifiquen las competencias como órgano de contratación en favor del personal investigador, el informe de fiscalización apunta como "imprescindible" que se haga "advertimiento expreso a estos, de manera clara y comprensible, sobre la delegación específica que recae sobre ellos como órgano de contratación" y sobre "las obligaciones y responsabilidades legales que se puedan derivar".
Finalmente, por lo que respecta a la adquisición de ordenadores portátiles u otro tipo de material informático, la Sindicatura de Comptes expone en su informe que se tendría que "estudiar la posibilidad de promover licitaciones agrupadas, intentando evitar el recurso a la contratación menor" y con el fin de "incrementar las garantías de los procedimientos y obtener los mejores precios en las adjudicaciones".