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Las sanciones por los incumplimientos de la ley podrían llegar hasta el millón de euros 

Sólo 134 administraciones han presentado en Antifraude a los responsables de su sistema de información

15/12/2023 - 

VALÈNCIA (EP). Una de las obligaciones que impone la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción es que administraciones y organismos públicos cuenten con un sistema interno de información. 

Este sistema interno tiene como objetivo garantizar que se puedan comunicar dentro de las propias organizaciones posibles conductas o irregularidades que puedan ser objeto de seguimiento.

El sistema interno de información está configurado por tres elementos: un canal interno (buzón) donde se puedan recoger las informaciones o denuncias; un procedimiento que regule cómo se van a gestionar esas informaciones o denuncias recibidas, y por último, la designación de la persona que va a ser responsable de la gestión y tramitación de las denuncias e informaciones.

Los responsables de los sistemas internos de información pueden ser tanto una persona física como un órgano colegiado que será nombrado por el órgano de gobierno u órgano de la administración, el cual tendrá un plazo de 10 días hábiles desde el nombramiento para comunicarlo a la Agencia Valenciana Antifraude que es el organismo designado en la Comunitat Valenciana para gestionar el Registro de Responsables de Sistemas Internos de Información.

La Ley establecía como fecha límite el 13 de junio para que las administraciones públicas y organismos comunicaran a la Agencia quiénes eran las personas Responsables de sus Sistemas Internos de Información. Para el caso de los ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes el plazo finalizó el 1 de diciembre. Hasta la fecha solo 134 organismos han cumplido con este trámite de comunicación a la Agencia de los responsables de los sistemas internos de información, un trámite que se puede realizar a través de la sede electrónica de la Agencia.

Entre los ayuntamientos de más de 10.000 habitantes han cumplido con el trámite 31 ayuntamientos de los 102 obligados; mientras que entre los menos de 10.000 habitantes solo lo han comunicado su responsable del sistema interno de información 50 de los 440.

Según se recoge en la Ley el incumplimiento de la obligación de disponer de un Sistema Interno de Información puede ser constitutivo de una infracción muy grave, grave o leve según las circunstancias y puede ser sancionadas con multas de entre 1.000 euros hasta 1 millón de euros.

Con el objetivo de ayudar a las administraciones públicas en el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley 2/2023, no solo en lo que respecta al cumplimiento de la implantación de los sistemas internos de información, sino también del requisito de contar con buzones externos de denuncia o el diseño de planes antifraude, la Agencia ha suscrito 88 protocolos de colaboración con ayuntamientos, diputaciones y empresas públicas.

En el caso de que una administración o entidad pública esté interesada en suscribir este tipo de protocolo con la Agencia puede solicitarlo a través del correo electrónico: jurí[email protected]

Adjuntamos el listado de los ayuntamientos que han realizado la comunicación del responsable interno de información.

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