VALÈNCIA (EP). El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) Regional de la Comunidad Valenciana, un órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, ha determinado que aportaciones realizadas por el Ayuntamiento de València a la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de la ciudad, una entidad participada en su totalidad por esta administración local, durante una etapa del anterior gobierno progresista no deben computar para el pago del IVA.
Así se recoge en el fallo emitido por el TEAC, este 17 de enero, en respuesta a la reclamación presentada ante él por la EMT, con el ejecutivo anterior, contra la resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que -en 2020- planteó "la regulación de la situación tributaria" de esta compañía pública "incrementando las bases imponibles de IVA repercutido y las correspondientes cuotas devengadas" a partir de fondos recibidos desde el consistorio.
La Agencia Tributaria reclama a la empresa 10,5 millones de euros por no declarar el IVA de aportaciones municipales. Hacienda determinó, como señala el Tribunal Económico-Administrativo Central, que se daban "todas las circunstancias establecidas por la normativa vigente y la doctrina y jurisprudencia aplicable al efecto para que las subvenciones percibidas por EMT del Ayuntamiento de València, desde el 1 de abril de 2016 y el 9 de noviembre de 2017" integraran "la base imponible del IVA" al tratarse de "subvenciones vinculadas directamente al precio de las operaciones sujetas al impuesto".
El TEAC concluye en su informe, consultado por Europa Press, que las transferencias aportadas por el Ayuntamiento de València a la EMT "no pueden considerare una contraprestación por una prestación de servicios realizada a título oneroso".
Así, señala que eso "implica una relación jurídica en cuyo seno se intercambian prestaciones recíprocas, siendo la retribución percibida por quien efectúa la prestación el contravalor efectivo de un servicio individualizable prestado al beneficiario" y expone que esa es una circunstancia "que no concurre en el presente caso".
El tribunal apunta que aquí "las aportaciones realizadas por el Ayuntamiento solo se encuentran destinadas a financiar la gestión de los servicios públicos de su competencia en su modalidad de gestión directa" y agrega que "dichas asignaciones presupuestarias no cumplen los requisitos necesarios para calificarlas como subvenciones vinculadas directamente al precio" atendiendo a jurisprudencia del Tribunal Supremo.
"En efecto, no existe una clara vinculación entre las aportaciones realizadas y una entrega de bienes o prestaciones de servicios determinada", añade el TEAC, que alude a un informe de la Intervención de Contabilidad y Presupuestos del Ayuntamiento de València y dice que "su cuantía no se establece en función de tarifas del servicio y el importe de dicha asignaciones se determina sin tomar en absoluto en consideración la identidad o el número concreto de usuarios del servicio prestado".
"Por tanto, se concluye que las dotaciones presupuestarias controvertidas no pueden incluirse en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido", concreta el TEAC, que sostiene que "en consecuencia, procede anular el acto impugnado". Así, el tribunal acuerda estimar la reclamación de la EMT y anular los actos impugnados.
Tras conocer esa decisión, desde el grupo municipal de Compromís, en la actualidad en la oposición del consistorio y en los dos mandatos anteriores dentro del ejecutivo local y al frente de la dirección de la Empresa Municipal de Transportes, ha destacado que la ciudad de València "no deberá pagar los 10 millones erróneamente reclamados por la Agencia Tributaria" y ha apuntado que "la gestión puesta en entredicho había sido avalada por la Intervención municipal".
El edil de Compromís y expresidente de la EMT, Giuseppe Grezzi, ha manifestado, en un comunicado, que "una vez más, un falso escándalo con un gobierno del cambio como víctima y las arcas públicas de València como rehén acaba en nada una vez que ya se ha hecho todo el daño posible a la reputación de quienes gestionaban lo público con la mayor eficacia".
Compromís ha apuntado que "Hacienda consideraba que dicha subvención en València debería de haber devengado IVA al existir una vinculación entre las ventas de títulos de EMT y la subvención abonada por el Ayuntamiento" y ha señalado que esta compañía pública y el Ayuntamiento defendieron con el anterior gobierno que "la subvención no estaba sujeta a IVA por no estar vinculada al precio de los títulos sino por estar destinada a compensar el déficit total de explotación".