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Trabajo amenaza con multar al Ayuntamiento por falta de control de horarios de sus empleados

Foto: KIKE TABERNER
28/09/2022 - 

VALÈNCIA. La Inspección de Trabajo ha advertido al Ayuntamiento de València que debe llevar un control estricto en los horarios de entrada y salida de sus empleados o, de lo contrario, podría abrir un expediente de sanción contra la administración municipal por incumplir el Estatuto de los Trabajadores. Por ahora, no hay multa, pero podría haberla si se repiten más casos como el ya registrado, según ha conminado la Inspección.

El organismo dependiente del Ministerio de Trabajo remitió el pasado 17 de junio un requerimiento al consistorio sobre la inspección relativa a un posible accidente laboral in itinere de una empleada de la Central de Bomberos de València. Actuación tras la que detectó que no se estaba llevando un riguroso registro de la jornada laboral.

Para determinar si había sido un accidente a la vuelta del trabajo, la Inspección necesitaba conocer qué horario hizo la empleada el día del incidente. Una obligación que tienen los empleadores según el mencionado Estatuto. Pero "esta obligación no se realiza correctamente", señala la Inspección, porque en el registro de ese día no se indicaba "el horario concreto" en el que entró y salió la mencionada trabajadora.

Una circunstancia que, además de impedir que el Ministerio determine si el accidente fue in itinere o no, resulta un incumplimiento del Estatuto de los Trabajadores, que obliga a registrar cada día "el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo" de cada empleado. Motivo por el cual requiere al Ayuntamiento a que cumpla la ley y que esto no se vuelva a repetir.

De este modo, desliza que se puede abrir un acta de infracción, pero que en todo caso, si se vuelve a detectar este incumplimiento en una inspección posterior, la normativa sanciona con multas de entre 750 y 7.500 euros al empleador responsable, y que podrían agravarse en el caso de que el Ayuntamiento obviara este aviso.

Concretamente, la Inspección admite que en este caso se trata de una "comprobación inspectora puntual" sobre "aspectos laborales concretos" y no de "una auditoría completa" del consistorio. Pero esto "no excluye la realización de futuras actuaciones inspectoras sobre la misma materia".

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