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10.000 euros de multa

Trabajo sanciona al Ayuntamiento por cesión ilegal de empleados en un servicio judicial municipal 

Foto: KIKE TABERNER
19/12/2018 - 

VALÈNCIA. El pasado mes de noviembre, el pleno del Ayuntamiento de València aprobó -junto a la modificación de crédito para hacer frente a una multa de más de 40.000 euros por un fallo en la contratación de las gradas de Viveros- otra compensación de deuda para costear una sanción de 10.000 euros, un importe sobre el cual el concejal del Partido Popular Eusebio Monzó solicitó al equipo de Gobierno que precisara a qué pago correspondía. Tras él se encontraba la cesión ilegal de una docena de trabajadores.

Ante la mencionada solicitud, la Concejalía de Servicios Sociales del consistorio, comandada por Consol Castillo (Compromís), dio acceso a los populares al expediente. En efecto, se trataba de más de cien páginas de documentación sobre un acta de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social -confirmada por la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral de la Generalitat- que sanciona al consistorio por la mencionada cantidad "como autor de una infracción muy grave en materia de relaciones laborales" en el denominado Equipo de Medidas Judiciales en Medio Abierto, un servicio municipal presente en las grandes ciudades españolas que se encarga del seguimiento de las condenas a menores e edad no privativas de libertad. En ellos desempeñan sus funciones trabajadores sociales, psicólogos o pedagogos, entre otros.

Según explica el dictamen de la Dirección General de Trabajo, la visita de la Inspección al servicio tuvo lugar el 28 de julio de 2017 en la sede del organismo, radicado en la calle Tomás de Villarroya, donde se requirió documentación sobre el escenario laboral del Equipo de Medidas Judiciales en Medio Abierto y se realizaron entrevistas a los allí presentes.

Del relato de la inspección se desprende que la Junta de Gobierno Local acordó en 2016 contratar la prestación de este servicio, por un periodo de dos años, con la firma Povinet Sociedad Cooperativa Valenciana. El servicio se presta en el lugar mencionado bajo la dirección de un funcionario municipal, "que es quien reparte los casos, decide el tipo de talleres y organiza y planifica el trabajo del equipo, lo cual incluye el establecimiento del calendario de vacaciones para garantizar unos servicios mínimos". "La cooperativa paga las nóminas de los empleados, pero no coordina ni dirige el ejercicio de sus tareas", refleja al respecto el informe.

"Ningún responsable de la empresa"

En el mismo queda de manifiesto que quien dirigía la operativa era el Ayuntamiento de Joan Ribó, no la propia cooperativa. "En el local no había ningún responsable de la empresa contratada (aunque supuestamente un coordinador de esta se pasa por las instalaciones cada mes y medio o dos meses)", recoge el documento, que agrega que "en la práctica, el centro se identificaba exclusivamente como municipal".

Y los detalles van más allá: "El personal de la sociedad cooperativa que trabajaba en el centro de referencia se identificaba ante terceros (incluso en los juzgados) como personal del Ayuntamiento, y disponía de tarjetas de acceso al edificio como tal. Era, asimismo, el Ayuntamiento el que determinaba el horario de trabajo, el que les proporcionaba los ordenadores, el material fungible, direcciones de correo electrónico (en algunos casos) y pases de circulación para la EMT".

Joan Ribó, alcalde de València. Foto: EVA MÁÑEZ
Además, el personal "tuteló a alumnos de prácticas universitarias, elaboró informes, accedió a bases de datos municipales relativas a menores de edad, y todo ello como si de personal del Ayuntamiento se tratase, sin ninguna distinción por el hecho de ser empleados de un tercero".

Y "a cuanto antecede se añade la existencia de perjuicios económicos", advierte el informe. "Se les aplicaba el III Convenio Colectivo para Empresas de Atención Especializada en el Ámbito de Familia, Infancia y Juventud de la Comunitat, con las tablas actualizadas correspondientes", explica Trabajo, que agrega que se trata de un escenario más perjudicial que "si se les hubiese aplicado el Convenio Colectivo vigente para el personal laboral del Ayuntamiento de València o bien las condiciones retributivas del personal funcionario que desempeñaba funciones de similar categoría".

"Hay un cambio de criterio de Inspección de Trabajo"

Ante todo esto, el organismo concluye "la existencia de una cesión ilegal de mano de obra que afectó a un total de doce empleados, ya que los trabajadores que supuestamente permanecían bajo la dirección y organización de la sociedad cooperativa en realidad desempeñaban sus tareas en el centro de medidas judiciales como si de personal municipal se tratase, según todos los indicios y elementos probatorios aquí citados y que en el acta se pormenorizan con mayor detalle", resume el informe. 

Preguntada al respecto por este diario, Consol Castillo, concejala de Servicios Sociales, replica que se ha producido lo que a su juicio es "un cambio de criterio de la Inspección de Trabajo" que "abre una puerta falsa para entrar a trabajar en el Ayuntamiento". "Hasta hace poco este escenario era correcto, y por eso -y en defensa de las arcas públicas- recurrimos hasta la última instancia", explica la concejal.

"Estas personas venían subrogadas del concurso anterior, nosotros asumimos al llegar al Gobierno una fórmula que era correcta en aquel momento, y además defendemos que es la empresa la que organiza el trabajo, no el Ayuntamiento", concluye la dirigente.

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